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Cartas al director
Opinión de un lector sobre una información publicada por el diario o un hecho noticioso. Dirigidas al director del diario y seleccionadas y editadas por el equipo de opinión

¿Derechos fundamentales?

La promulgación de la Constitución de 1978 supuso un hito en la historia reciente de España. Eran tiempos de cambio, de ideas y de ilusión. Pretendíamos dejar atrás un régimen político rechazado internacionalmente, tildado de poco respetuoso hacia los derechos humanos. En este contexto se redactaron artículos como el 43, que reconoce el derecho a la protección de la salud y encomienda a los poderes públicos la misión de organizar y tutelar la salud pública, y el 45, que establece el derecho universal a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona y compele a los poderes públicos a velar por la utilización racional los recursos naturales. En la redacción de estos artículos no hubo ningún debate. Nadie fue tan estúpido como para rebatir principios tan fundamentales. La pregunta que ahora nos hacemos es si ya entonces todo el mundo tenía la intención de velar por el cumplimiento de tales preceptos. Resulta tan sencillo establecer grandes principios y es tan común que después se queden en una declaración, poco sincera, de voluntades.Después de 22 años de vigencia, la experiencia nos enseña que, al menos en la provincia de Castellón, determinados principios han acabado en papel mojado. Temas como la carretera de Oropesa-Cabanes, la recalificación parcial del Pinar del Grau, los vertidos tóxicos al Barranc de la Viuda y otros, lo demuestran. Soy ciudadana de Ribesalbes y, a raíz de aquello acontecido con la empresa Poligás Ambient S.L., he llegado a la conclusión que nuestros derechos fundamentales no les importan un bledo a los poderes públicos.En este caso los servicios territoriales de la Consejería de Medio Ambiente se han planteado un dilema: proteger el derecho a la salud y a un medio ambiente adecuado de la totalidad de los ciudadanos de Ribesalbes, o proteger el derecho a la libertad de empresa de los accionistas de la empresa Poligás Ambiente S.L. Ante la imposibilidad de compaginar los derechos de ambos, lo tienen claro: los derechos económicos de determinados empresarios priman sobre los derechos fundamentales de las personas. La propia consejería reconoce que la actividad que pretende llevar a cabo esta empresa es nociva, molesta y peligosa en grado alto; y que no es lo más adecuado instalarla tan cerca de un núcleo habitado, sobre todo si se tiene en cuenta la dirección predominante del viento en Ribesalbes, que hace que todas las emanaciones irán a parar directamente sobre la población. ¿Es eso un ejemplo de tutela de la salud pública? No. Después de 22 años, no tengo muy claro que hayamos dejado atrás todo aquello que, al menos algunos, pretendíamos dejar.-

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