La defensa de Bankpyme alega que los delitos que les imputa el fiscal han prescrito
Los abogados que defienden a cuatro directivos del Banco de la Pequeña y Mediana Empresa (Bankpyme) alegaron ayer, al inicio del juicio que se sigue contra ellos y contra ocho clientes del banco, que ha prescrito el delito fiscal como cooperadores necesarios del que les acusan el ministerio público y el abogado del Estado. Los defensores adujeron también que algunas de las actuaciones de la instrucción del caso, que corrió a cargo de la juez Monsterrat Comas, les provocaron indefensión, por lo que debía declararse la nulidad de la causa.Tras los alegatos de las defensas, la Sección Segunda de la Audiencia de Barcelona aplazó la continuación de la vista a la espera de que el fiscal responda a esas peticiones y, posteriormente, se pronuncie el tribunal. La fiscalía y el abogado del Estado consideran que los ocho clientes del banco cometieron un delito fiscal al suscribir dos fondos de inversión -Multidinero y Multivalor- que ocultaron a Hacienda, de manera que los cuatro directivos de Bankpyme, según las acusaciones, actuaron como cooperadores necesarios.
Joan Córdoba, abogado de Josep Jané Solà, presidente del banco y uno de los acusados, explicó ayer que su cliente ofreció esos fondos de inversiones a sus clientes a principios de 1988 y que la causa penal no se inició hasta octubre de 1993, cuando ya habían transcurrido los cinco años que establece la ley para que prescriba un delito. Este letrado explicó también que si se interpreta de manera retroactiva el Reglamento de Recaudación de 1998, tampoco puede hablarse de que sus clientes ocultasen el dinero al fisco, porque fueron requeridos por Hacienda cuando ya habían transcurrido los cuatro años que marca esta norma para liquidar la declaración anual del IRPF.
Por su parte, el letrado Ignacio Toda, defensor de Josep Maria Fabregat, actual vicepresidente de la entidad, explicó que la juez instructora no les dio traslado de la querella, no les notificó el secreto de sumario y discriminó a las defensas. También explicó que su cliente declaró como imputado por falsedad documental y se le ha acabado acusando de delito fiscal, y que en la querella que motivó la causa no había el más mínimo indicio para imputar a los clientes del banco. Por ello, Toda aseguró que la causa es nula de pleno derecho.
El origen de la causa
El letrado Cristóbal Martell, que también representa a la entidad bancaria, explicó que la querella que motivó la apertura de las diligencias fue presentada por el también abogado Jacinto Gimeno, condenado en sentencia firme a una pena menor por un delito de extorsión cometido al exigir al banco 300 millones de pesetas para retirar la demanda. Según Martell, ese hecho invalida la legalidad de la querella y de todo lo que después acordaron los tribunales. "Nada hubiera existido de no haber existido esa querella", afirmó el letrado.Josep López, abogado de Albert Rivillo, actual consejero delegado del banco pero en su día apoderado, invocó ante el tribunal que otra persona que se encontraba en la misma situación que su cliente, Joan Caballé, acabó exculpada del proceso, con lo que la justicia actuó de forma discriminatoria.
Los abogados de los clientes se sumaron a esas peticiones. Ahora la Audiencia deberá decidir si hay juicio o exculpa a los acusados.
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