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Karrera reconoce ante la policía que mató a Buesa, pero no contesta al juez

El presunto miembro del comando Vizcaya de ETA Asier Karrera admitió ante la policía que fue él quien accionó el mando a distancia que activó el artefacto que ocasionó la muerte al portavoz del Grupo Socialista en el Parlamento Vasco, Fernando Buesa, y a su escolta, Jorge Díez, el 22 de febrero pasado. Sin embargo, se negó ante el juez de la Audiencia Nacional Juan del Olmo a contestar esa misma pregunta. El magistrado, tras tomar declaración a los cinco integrantes o colaboradores del comando, acordó la prisión de cuatro de ellos.

Karrera, ante el juez del Olmo y el fiscal Ignacio Peláez y un abogado de oficio que le asistió como defensor, reconoció únicamente que es miembro de ETA y que, como tal, asume "las actividades armadas de la organización". Sin embargo, Karrera no quiso ratificar sus declaraciones ante la policía, se negó a contestar todas las preguntas relativas a su participación en el asesinato de Fernando Buesa y las demás preguntas incriminatorias importantes, así como todas aquellas que pudieran resultar inculpatorias para los otros integrantes del comando. En todos esos casos, según fuentes jurídicas, Karrera se limitó a decir escuetamente en castellano: "No contesto".

Respecto de la lista de 200 objetivos contra los que el comando Vizcaya tenía previsto atentar, Karrera dijo que no sabía nada.

El presunto terrorista sí admitió en cambio que recibió explosivos enviados desde Francia y también que parte de la documentación incautada en el piso de Bilbao en el que fue detenido tiene su letra. El juez acordó que se tomase un cuerpo de escritura para la realización de una prueba pericial caligráfica.

Karrera, según fuentes de la lucha antiterrorista que cita Europa Press, había explicado a la policía que recibió órdenes verbales de la dirección de ETA para realizar algún tipo de atentado contra la familia de Cosme Delclaux -quien estuvo secuestrado por la banda entre el 11 de noviembre de 1996 y el 1 de julio de 1997- por considerar que no había pagado totalmente el rescate al que se habían comprometido por la liberación.

El juez Del Olmo, a petición del fiscal Peláez, acordó el ingreso en prisión incondicional de cuatro de los cinco detenidos, concretamente de los dos liberados (a sueldo de la organización terrorista) Asier Karrera Arenzana e Igor Martínez de Osaba Arregui, y de Iñigo Muerza Santos y Olatz Caminos Uribe. Sin embargo dejó en libertad a Juan Alfredo Mengual Cabanes, al que ha retirado el pasaporte y le ha impuesto la obligación de comparecer en el juzgado cada 15 días. A este último le imputa un delito de encubrimiento de pertenencia a banda armada, ya que conocía la condición de etarra de otro de los detenidos y no lo comunicó a la justicia.

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Según fuentes de la Audiencia Nacional, el juez ha imputado a Asier Karrera en un delito de pertenencia a banda armada, depósito de armas y explosivos, dos asesinatos consumados, una tentativa de asesinato y dos conspiraciones para el asesinato. Martínez de Osaba está implicado en delitos de pertenencia a banda terrorista, un asesinato consumado, tenencia de armas y de explosivos, dos conspiraciones para el asesinato y falsificación de documentos. Muerza, por su parte, ha sido imputado en delitos de pertenencia a banda armada y conspiración para el asesinato, igual que Karrera y Martínez de Osaba.

Por último, Olatz Caminos ha sido acusado de colaboración con banda armada por varios delitos de terrorismo.

Muerza protagonizó un incidente en los calabozos, ya que descolgó una placa de yeso del techo y con ella realizó varias pintadas en las paredes. Dibujó el logotipo de ETA con la serpiente y el hacha y escribió Viva ETA, Aupa Santutxu y Presos a Euskadi.

Por otro lado, el etarra Harriet Iragi ha remitido desde la prisión una carta al juez de vigilancia penitenciaria número 3 de Madrid, José Luis Castro, en la que le dice que si no se le hace caso en sus quejas sobre la cárcel lo pagarán quienes están "encargados de velar" por sus derechos, informa Efe.

El juez acordó deducir testimonio del escrito y remitirlo al juzgado de guardia para que se determine si constituye un delito de amenazas.

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