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¿Cómo se financian los ayuntamientos?

LUIS ÁNGEL HIERROEl Parlamento de Andalucía debate esta tarde uno de los grandes temas de esta legislatura: el Pacto Local, en el que se debe dilucidar las competencias y la financiación de los ayuntamientos. Este asunto, como todos aquellos que se refieren a la economía pública, está salteado de conceptos jurídicos, políticos y económicos. Éstas son algunas de las claves necesarias para comprender este polémico debate, que lleva meses enfrentando a PSOE y PP.

¿Cómo se financian en la actualidad los ayuntamientos?

Los ayuntamientos se financian mediante dos fuentes básicas: los tributos y tasas propios, con una importante incidencia de los tributos y tasas que recaen sobre la vivienda; y, por otra parte, mediante una participación en los tributos del Estado (PIE), que se reparten, fundamentalmente, según la población. A estas dos fuentes hay que unir los ingresos patrimoniales y el resto de transferencias de las administraciones superiores.

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¿Qué es la participación en los tributos de la Comunidad Autónoma (PICA)?

Junto a las fuentes anteriores, la Ley de Haciendas Locales, art. 2.1.c, prevé que los ayuntamientos puedan financiarse también mediante una participación en los tributos de su Comunidad Autónoma (PICA). No obstante, esta posibilidad jamás se ha hecho efectiva en ninguna Comunidad Autónoma.

¿Por qué no se ha implantado la PICA hasta ahora?

Esta participación no se ha implantado en ninguna Comunidad Autónoma porque se ha interpretado que los tributos a los que se refiere la ley son los Tributos Propios de las Comunidades Autónomas y estos apenas tienen recaudación. No obstante la cesión de la capacidad normativa sobre los tributos cedidos a las Comunidades (15% IRPF, Patrimonio, Sucesiones y Donaciones, Transmisiones Patrimoniales y AJD, y Tasas sobre Juego) a partir de 1997 hace posible replantearse la cuestión, ya que las Comunidades pueden ampliar su recaudación y destinarla a instrumentar la PICA.

¿Tiene problemas adicionales Andalucía para implantar la PICA?

Andalucía tiene dos problemas adicionales para haber implantado la PICA. El primero es que hasta 1997 no ha establecido tributos propios, y sólo en 2000, con la implantación del impuesto sobre el juego del bingo, va a tener una recaudación reseñable por este concepto. En segundo lugar, como Andalucía no aceptó el sistema de financiación no le fue cedida la capacidad normativa sobre los tributos cedidos. Ambas cuestiones nos sitúan en una posición idéntica a la anterior a 1996 en todas las Comunidades y por tanto es perfectamente lógico que no se haya instrumentado la PICA, puesto que su capacidad de generar recursos propios adicionales es prácticamente nula (ver en cuadro 1 los datos para 1997, último año para el que existen cifras oficiales publicadas).

¿Hay otras alternativas para que las Comunidades Autónomas ayuden a la financiación de los ayuntamientos?

A pesar de que no se haya instrumentado la PICA, tradicionalmente las Comunidades vienen contribuyendo a la financiación local mediante programas de subvenciones. Estos programas llegan a alcanzar unas cifras importantes de ayuda, aunque como es lógico jamás podrán tener el peso de las fuentes de financiación básica de los Ayuntamientos. Dichos programas adoptan la forma de subvenciones a determinados gastos o para reducir el endeudamiento, o subvenciones incondicionadas. En esta forma de cooperación Andalucía es pionera y es la Comunidad que más recursos per cápita dedica después de Canarias, que tiene la particularidad de los Cabildos Insulares (ver cuadro 2).

¿Quién puede afrontar los problemas de financiación de los Ayuntamientos?

Existen múltiples estudios, algunos patrocinados por el propio Gobierno, destinados a afrontar el problema de la financiación municipal. Dichos estudios ponen el énfasis en la redistribución de recursos entre diputaciones provinciales y ayuntamientos y en la reforma de la imposición local y de la PIE. Además todos los especialistas coinciden en que es el Estado el responsable último de la financiación local, por ser el que tiene competencias para reestructurar la financiación local y determinar los impuestos locales y porque es el único nivel de Gobierno con capacidad fiscal excedente. Las Comunidades poco pueden hacer, si se tiene en cuenta que no tienen competencias en la materia y además dependen económicamente del Estado.

¿Cómo empezar a resolver esos problemas?

El principal obstáculo con el que se enfrentan los ayuntamientos es la carencia de un foro para presentar sus demandas al Gobierno. La Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) no es un instrumento institucional propiamente dicho y requiere de una transformación e impulso que le permita plantear una negociación en un plano de igualdad con el Gobierno, además necesita una mesa en la que sentarse ante el Gobierno. La alternativa puede ser la incorporación del ámbito municipal al Consejo de Política Fiscal y Financiera, en el que se sientan el Gobierno y las Comunidades Autónomas o la creación de un órgano similar y paralelo que sirva de foro de negociación de las demandas locales. Sea cual sea la alternativa, lo primero es poder hablar institucionalmente, y a partir de ahí plantear los problemas y buscar las soluciones.

Luis Ángel Hierro es director del Master en Gestión de Administraciones Locales de la Universidad de Sevilla y Diputado del Parlamento Andaluz por el PSOE de Andalucía.

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