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La Audiencia concede un permiso de cuatro días a un recluso que se ha fugado tres veces

La Audiencia de Madrid (órgano superior jeráquico de los tres juzgados de vigilancia de Madrid) ha decidido conceder un permiso de cuatro días a un interno de la cárcel de Navalcarnero sobre quien pesan tres fugas durante permisos anteriores. Los jueces de la Audiencia, en el auto en que otorgan este permiso y que es extrapolable al resto de los 6.000 reclusos que albergan las prisiones madrileñas, se comprometen a dar permisos y a adelantar la libertad condicional a los internos que hayan disfrutado de alguno anterior y se hayan portado bien en sus permisos.

Riesgo

El tribunal deja en manos de los presos madrileños la posibilidad de acceder a los permisos ordinarios que prevé la ley y se compromete a no negar ninguno de los solicitados por los internos si el comportamiento de éstos en la calle ha sido el adecuado. Al recluso Miguel Ángel F. H., interno de la prisión de Navalcarnero y sobre quien pesan tres fugas de la cárcel durante permisos, el tribunal le ha dado ahora el permiso en contra del criterio de la prisión y del Juzgado de Vigilancia número 2. En el auto, ponencia del magistrado Arturo Beltrán, los jueces de la Sección Quinta advierten al preso de que "depende en buena medida" de él -"de usted", subrayan- el que este permiso "pueda ser el primero de otros muchos".

Sostienen los magistrados que ante la petición de un permiso por parte de un interno "no se debe transmitir el mensaje de la desconfianza", sino que es preciso enviar el mensaje contrario: "Este permiso", indican en el auto al interno, "puede ser el primero de otros muchos; la progresión de grado, la libertad [condicional] después, quizá pronto (no la libertad del fugado oculto y buscado, sino la libertad auténtica del que nada teme)".

Los jueces se basan en que que "la evolución" carcelaria de Miguel Ángel F. H. "parece ir a mejor". Ya ha aceptado, señalan, "integrarse en el programa de metadona de su prisión, después de haber sido expulsado dos veces de otros programas antidroga".

El tribunal destaca que el gran inconveniente para dar un permiso a Miguel Ángel -y que probablemente ha sido la causa esgrimida por la prisión en que cumple condena y la juez de vigilancia para denegárselo- "son sus tres quebrantamientos de condena anteriores".

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Ante este inconveniente, los jueces de la Audiencia oponen que se trata de fugas ocurridas hace ya muchos años: la primera, en 1985, cuando el preso tenía 23 años; la segunda, cuatro años después, cuando contaba 27, y la tercera en 1993, hace siete años. El interno fue detenido y desde entonces no ha vuelto a salir de su penitenciaría y se le han denegado todos los permisos que ha solicitado. "Ahora tiene 38 años y es de pensar", aseguran los jueces, "que ha aprendido que los quebrantamientos sólo sirven para endurecer las condiciones de cumplimiento de las penas".

El tribunal afirma que dar un permiso de cuatro días a un interno con tres fugas en su historial implica "un riesgo", pero "un riesgo que la ley afronta al considerar los permisos como parte del régimen penitenciario". El tribunal ha optado por darle un permiso de sólo cuatro días, pero con la condición de que "el penado sea recogido a la salida de la prisión por un familiar" y de que el recluso garantice que durante su estancia en libertad proseguirá "con el programa de sustitución de la heroína por metadona".

En otro auto dictado por este mismo tribunal, y que ha permitido al interno Domingo B. G. salir de permiso durante cinco días, la Audiencia indica que su labor judicial "es contribuir en la medida de sus posibilidades a la reinserción de los presos". Si el preso "da pautas de respetar la ley y no delinquir" durante los permisos, el tribunal "mantendrá su línea de sucesivos permisos", no dudará en progresarle de grado "y se esforzará en que el interno alcance la libertad en las mejores condiciones posibles, y ello no por razones humanitarias o pietistas, sino como compromiso de ejercer sin vacilaciones sus funciones jurisdiccionales".

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