El Supremo recrimina a Garzón que le enviase el 'caso Xaki' con pocas pruebas
La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha devuelto al juez Baltasar Garzón la causa sobre el caso Xaki, en la que se investiga el aparato internacional de la organización terrorista ETA y en la que presuntamente aparecían indicios de criminalidad de la parlamentaria vasca de Euskal Herritarrok, Esther Agirre. El alto tribunal recrimina a Garzón que haya elevado el caso con pocas pruebas de la existencia de un delito cometido en el extranjero, y reconoce, por primera vez, que ETA constituye delincuencia organizada.
El Supremo estima que no aparecen "datos bastantes para formalizar una imputación criminal" contra Esther Agirre por hechos "cometidos fuera del Reino de España".Los datos de la investigación de Garzón se centran en la creación de Xaki, en la pertenencia a esa asociación legal de la parlamentaria Esther Agirre y en los contactos que ésta tuvo en Francia con miembros de ETA y del movimiento republicano irlandés.
El Supremo considera que los contactos en cuestión constituyen un "escaso material incriminatorio" de la existencia de un delito de terrorismo cometido en el extranjero, ya que, de acuerdo con el Estatuto de Autonomía del País Vasco, sólo son competencia del Supremo los delitos cometidos por parlamentarios vascos cuando sean cometidos fuera del ámbito del País Vasco.
El alto tribunal reconoce que aunque Xaki constituye una asociación legal, puede formar parte de una instrumentalización por parte de ETA, ya que es una "técnica de ocultamiento", que es "usual en todos los supuestos de delincuencia organizada".
Por ello, el Supremo no descarta que haya indicios de delito cometido en España e indica al magistrado la vía de la remisión de la causa contra Agirre al órgano competente de enjuiciar delitos cometidos por parlamentarios vascos en Euskadi, que no es otro que el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.
Esta posibilidad había sido apuntada por la defensa de Esther Agirre, pero el Supremo considera que no debe pronunciarse sobre ella directamente, ya que el tema es ajeno a la exposición remitida por Garzón y porque las cuestiones de competencia deben formalizarse por los trámites previstos en la Ley de Enjuiciamiento Criminal y no de otra manera.
Garzón deberá ahora estudiar si remite la causa al Tribunal Superior de Justicia del País Vasco o si continúa la investigación.
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