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La Junta Electoral confirma el cese de Jesús López como concejal de Barbate, pese al auto que le permitía seguir

,La Junta Electoral Central (JEC) confirmó ayer al Ayuntamiento de Barbate (Cádiz) que el ex concejal Jesús López no podrá recuperar su acta, de la que fue desprovisto con el apoyo unánime del pleno municipal hace dos semanas.

La sentencia condenatoria que pesa sobre el promotor inmobiliario, que llegó a ser concejal de Urbanismo durante este mandato, seguirá su cauce en el orden administrativo, con independencia de que el titular del Juzgado de lo Penal número 11 de Sevilla, Francisco Gutiérrez, dispusiera el martes que la pena de inhabilitación del derecho de sufragio pasivo "no implica su cese en la condición de concejal" de este municipio.

La JEC, en cumplimiento de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), ya remitió un escrito al Ayuntamiento informándole de la inhabilitación de López. "Es la consecuencia administrativa de la sentencia", explicó ayer la concejala de Hacienda, María del Carmen Bernal (PP).

La inhabilitación, según confirma la JEC al Ayuntamiento, conlleva la imposibilidad del condenado a ser elegido en unos comicios y eso "deviene" en su incompatibilidad parta ocupar un cargo de la misma naturaleza.

El gobierno local, integrado por el PP y el partido independiente Adelma, al que pertenecía López, mostró ayer su satisfacción por haber tomado "la decisión adecuada", según el popular Juan Manuel de Jesús, alcalde de la localidad. "El juez está hablando del Código Penal y aquí lo que se está aplicando es la Ley de Régimen Electoral, que es la parte administrativa de la pena. Para nada afecta a la decisión que ha adoptado este Ayuntamiento, que tampoco ha tenido ninguna noticia en contra. López seguirá sin ser concejal de Barbate, salvo que venga un juez y diga lo contrario, lo que yo personalmente dudo", añadió De Jesús. El pleno volverá a reunirse hoy para entregar el acta del concejal saliente al próximo de la lista del Adelma, David Terán.

Recurso

López anunció ayer que el Tribunal Supremo ha admitido un recurso suyo en el que pide la suspensión de la orden de la Junta Electoral Central. Según López, el Tribunal ha emplazado a la JEC, al abogado del Estado y al fiscal a presentar alegaciones en cinco días.

El auto emitido anteayer por el juez de lo penal admitía parcialmente un recurso de reforma del ex concejal, que argumentaba que la inhabilitación sólo afectaba a la posibilidad de ser elegido en algún proceso electoral a partir de la fecha de ejecución de la sentencia, pero que no debía afectar al cargo público de que disfrutaba desde antes.

El magistrado opina en su auto que la norma que regula la inhabilitación especial en este caso es "de dudosa interpretación", por lo que admitió en parte el recurso del ex edil. Sin embargo, también aclaró que se trataba de una decisión penal que no afectaba al procedimiento administrativo.

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