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Un tribunal 'perdona' tres años de cárcel a un joven a cambio de que lo vigilen sus padres

John H. O., de 18 años, ha sido condenado a tres años y cinco meses de prisión por acuchillar a un compañero tras un partido de fútbol, si bien no tendrá que ir a la cárcel. La Sección Quinta de la Audiencia de Madrid, la misma que le juzgó y le impuso la citada pena "por un delito intentado de homicidio", ha decidido sustituirle la pena de cárcel por una medida mucho menos dura, pero bajo dos condiciones: John deberá quedarse en casa al "cuidado de sus padres" y, además, proseguir con el tratamiento psiquiátrico que recibe periódicamente en su centro de salud.

Esta sentencia, que cuenta con respaldo en el nuevo Código Penal, es bastante excepcional por cuanto es poco frecuente que un tribunal sustituya una pena de cárcel superior a tres años de prisión, como en este caso, por una medida de esta índole. De la sentencia ha sido ponente el presidente de la Sección Quinta, José Luis Calvo Cabello, quien acaba de ser nombrado magistrado de la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo. Al sustituir la pena privativa de libertad, el tribunal atiende la solicitud del abogado de la familia, Francisco Javier Díez Aparicio, quien pidió a los jueces que, dada la anomalía psíquica de su cliente, se le permitiese proseguir con sus estudios y tratamiento psiquiátrico.

Custodia familiar

El abogado adujo que los padres de John estaban dispuestos a custodiarle y vigilarle y afirmó que apartarle de su familia conllevaría un agravamiento de su estado psíquico y paralizaría "su desarrollo escolar e intelectual". Díaz Aparicio recordó a los jueces que las penas de prisión "pierden su sentido si no están encaminadas a conseguir la resocialización y reeducación" del reo.

La Audiencia, basándose en los informes periciales que desaconsejan el ingreso en prisión de John, han aceptado sustituir los barrotes por la libertad, pero advirtiéndole "expresamente" de que "debe someterse a tratamiento ambulatorio" bajo la custodia y vigilancia de sus padres. Es decir, que éstos deben procurar que acuda al médico cuando sea necesario. Como cautela, el centro de salud deberá remitir informes mensuales a la Audiencia de Madrid indicando si el acusado respeta las indicaciones de los médicos.

Sobre John pesa un delito grave. El 31 de enero de 1998, sobre las siete de la tarde, acudió a un campo de fútbol situado entre las calle de Néctar y Esfinge, en Madrid. Sus amigos habían formado tres equipos con cinco juradores cada uno, de forma que primero se enfrentaban dos de ellos y el que perdía era sustituido por el que se había quedado sin jugar. Cuando un equipo estaba a punto de entrar en el campo, John, de 18 años de edad, quiso jugar. Los miembros del equipo, y entre éstos Rubén M., le dijeron que los equipos estaban completos y que debía buscar a cuatro jugadores más y formar otro conjunto. John, pese a las explicaciones de sus amigos, insistió en jugar, pero finalmente "se retiró del lugar contrariado".

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"¿Me dejas jugar ya?"

Al término del partido, cuando los jugadores recogían sus ropas para marcharse, John se acercó a Rubén, quien se hallaba agachado atándose el calzado, y le dijo en tono amenazante: "¿Me dejas jugar ya? ¿Arreglamos lo de jugar ya?". Al oír la voz, Rubén, que estaba de espaldas, se levantó y se giró hacia Jonh. En ese momento, estando ambos de frente, Jonh sacó un cuchillo de un bolsillo y se lo clavó en el abdomen. De no ser por la intervención de los médicos, habría muerto.

El tribunal calificó los hechos como homicidio intentado por entender que el acusado, "o quiso matar a Rubén o, conociendo que la muerte era el resultado posible de la agresión, no le importó que Rubén muriese".

Los forenses declararon en el juicio, celebrado en la Audiencia madrileña, que el acusado "padecía y padece un trastorno de inestabilidad emocional de la personalidad de tipo impulsivo", de ahí que finalmente el tribunal rebajase a tres años y cinco meses la pena de prisión solicitada por el fiscal. El fiscal pidió que cumpliese la condena "en un centro adecuado a sus condiciones"; es decir, un psiquiátrico penitenciario. No va a ser así.

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