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El TSJA califica a 16 juzgados como "sedes conflictivas" por su gran retraso

El retraso judicial es, según la memoria de 1999 del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), un problema general, pero son 16 los juzgados andaluces -las llamadas "sedes conflictivas"- donde las deficiencias llegan a cotas alarmantes. Esta lista negra es revisada anualmente por la sala de Gobierno del TSJA. El año pasado cuatro juzgados de primera instancia dejaron de ser sedes conflictivas pero otros dos -uno de Jerez y otro de Posadas (Córdoba)- fueron incluidos en la relación.

La memoria judicial define a estos juzgados como órganos en los que "existe un elevado número de asuntos pendientes", bien por el gran volumen de expedientes que registran -superior a su capacidad-, por carencias de infraesructura, por "falta de persistencia" del juez titular o por la "inactividad de las partes personadas" o cualquier otra causa "que se pueda imaginar". Aunque las sedes conflictivas están repartidas equitativamente por toda Andalucía en ciertos casos, como en la localidad sevillana de Dos Hermanas, los tres juzgados de primera instancia e instrucción aparecen relacionados en la memoria. La sala de Gobierno del tribunal ha detectado en ellos demoras en el trámite de las ejecutorias y en los señalamientos de los juicios de faltas o un empeoramiento de la tramitación de los asuntos penales en relación a años anteriores. Entre las tres oficinas judiciales, a finales de 1999, se aculaban casi 2.000 asuntos pendientes.

Otro caso llamativo es el de los juzgados de instrucción primero y segundo de Sanlúcar de Barrameda (Cádiz), que el pasado 22 de diciembre sufrieron un incendio que destruyó buena parte de los archivos. Sin embargo, no fue el fuego la circunstancia que los ha llevado a ingresar entre los juzgados con una tramitación menos ágil de Andalucía.

Cuando se produjo el accidente, los dos juzgados ya estaban incluidos en la relación de sedes con especiales problemas de funcionamiento. La memoria señala, respecto al número uno, que su situación ya era "alarmante" antes del incendio, y sobre el segundo que pese al esfuerzo de su titular la tramitación no ha logrado despegar. En los dos casos la sala de Gobierno aprobó una ampliación extraordinaria de plantilla para reconstruir los archivos quemados.

Pero no siempre el TSJA atribuye los exagerados retrasos de estas oficinas a la impericia de sus titulares. A veces, como ocurre en los juzgados de instrucción 1 y 2 de Sanlúcar la Mayor (Sevilla), son los problemas laborales los que han determinado su funcionamiento defectuoso.

Movilidad de plantilla

En estas dos oficinas el TSJA ha detectado una "extremada movilidad de la plantilla" y prolongadas bajas por enfermedad que no son cubiertas por personal interino. Estas circunstancias, unidas a la alta carga competencial de los dos juzgados, son los causantes de que a finales de 1999 quedaran por resolver 3.931 asuntos.

La clasificación de sedes conflictivas es decidida anualmente por el TSJA tras un examen pormenorizado de la situación de las oficinas judiciales. En 1999 dos juzgados fueron incluidos en este apartado. En el número 4 de Jerez de la Frontera el TSJA advirtió que había numerosos asuntos "pendientes de sentencia o de resolución de fondo", además de escritos "sin proveer y exhortos sin cumplimentar". También detectó que existían bastantes procedimientos inconclusos y una "ausencia de control, dirección e impulso procesal".

En el de primera instancia número 1 de Posadas (Córdona), los inspectores concluyeron que pese a que el volumen de trabajo es "perfectamente asumible con la plantilla actual" había numerosos expedientes en trámite y otros, iniciados hace años, pendientes de resolución.

Roquetas de Mar (Almería) es otra de las localidades donde coinciden dos juzgados incluidos entre los confictivos. En el número uno de primera instancia la inspección judicial encontró que los asuntos en trámite no se correspondían con el volumen de actividad y que los prodecimientos civiles se tramitaban mal y sin respeto a los plazos.

En el número dos la tramitación es tachada como "deficiente" y se hace constar que en los asuntos de menor cuantía los plazos no se respetan y los exhortos civiles "padecen una deficiente tramitación".

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