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El peligroso "terrorismo laboral"

Muy pocas de las muertes por accidente laboral acaban en los juzgados, pero uno de esos casos excepcionales que investiga la justicia ha servido para que un perito designado por la magistrada, que no de parte, acuñe el término "terrorismo laboral" para referirse a la flagrante irregularidad de las situaciones que padecen algunos trabajadores, sobre todo de la construcción u otros oficios manuales.Francisco Menén Raurich, con 23 años de experiencia como perito, explicó ayer en una comparecencia ante la titular del Juzgado de Instrucción número 28 de Barcelona, Remei Bona, que esa contundente expresión es aplicable a las empresas que "ejercen una amenaza de miedo desmesurado e incontrolado" hacia sus trabajadores "con el propósito de aumentar la inseguridad de obtener los frutos que mediante el trabajo se tiene el derecho y deber de percibir". En su opinión, eso se traduce en la utilización de "procedimientos amorales por los que se somete a los empleados, limitándoles el derecho natural por presión en situación límites".

Situaciones como la que hace poco más de un año derivó en la muerte de Máximo Antelo Rodríguez, un trabajador de la construcción de 25 años llegado a Barcelona desde Galicia dos meses antes. Se le contrató como albañil con la categoría de oficial de primera para trabajar en las obras de construcción del World Trade Center, en el puerto de Barcelona, pero en realidad trabajaba como conductor del dumper, una carretilla autopropulsada empleada para trasladar cemento. El perito recuerda que a las 7.38 horas del 12 de diciembre de 1998, el día del accidente, era muy deficiente la visibilidad en la zona de trabajo, frente al módulo 8 del muelle de Barcelona. También explica que el vehículo no tenía espacio para realizar una maniobra de 360 grados, por lo que, una vez cargado el cemento, tenía que dar marcha atrás.

Sin embargo, lo más grave -dice el perito- es que cuando se producía esa maniobra, las ruedas del dumper quedaban a 50 centímetros del borde del muelle, en el que no había ninguna protección para evitar la caída al agua. Y el riesgo se hizo realidad. El obrero y la máquina cayeron al agua ese día y, a pesar de que todavía tuvo fuerzas para emerger y sujetarse a un cable que le lanzaron sus compañeros, Antelo Rodríguez acabó falleciendo tres días después.

El perito recuerda que no consta en ninguna claúsula del contrato que el trabajador debía realizar esa función, ni que tuviera experiencia para ello, ni que hubiera sido instruido. Por todo ello, explica, la empresa aplicó "medidas de fuerza de terrorismo laboral con el más absoluto desprecio y consideración hacia los trabajadores, a pesar de que estuvieran sometidos a riesgos graves y evidentes para su seguridad y salud, desencadenando, tal como ocurrió, la muerte del trabajador". La memoria del teléfono móvil sirvió para poder contactar con una amiga de la víctima y descubrir que vivía solo y que se había trasladado a Barcelona para trabajar.

La juez ya ha tomado declaración a cuatro personas: el gerente y el director de producción de la Unión Temporal de Empresas Trade Center, de la que forman parte Fomento de Construcciones y Contratas, y Dragados y Construcciones; el administrador de Sanilari, SL, la sociedad subcontratada, y el encargado de la seguridad de las obras. Ningún abogado defensor acudió ayer al juzgado, donde el perito ratificó su informe, en el que también advierte de las "sutiles contradicciones" en los documentos aportados por la defensa, "que pueden confundir en su interpretación" a la juez.

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