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Defensa de la Competencia vigilará de cerca las tarifas de las empresas aéreas

El Tribunal de Defensa de la Competencia vigilará a partir de ahora más de cerca las políticas comerciales y de precios de las aerolíneas regulares españolas, para evitar conductas susceptibles de "restringir" la competencia. Según recoge la sentencia contra las compañías aéreas Iberia, Aviaco, Spanair y Air Europa del pasado 29 de noviembre, y que ahora ha sido publicada por la compañía de bandera en los medios, Defensa de la Competencia -organismo dependiente del Ministerio de Economía- vigilará en lo sucesivo el funcionamiento del mercado del transporte aéreo regular nacional de pasajeros.El Tribunal declaró acreditada la existencia de una conducta restrictiva del libre mercado, consistente en suscribir cinco "acuerdos interlínea" entre las cuatro aerolíneas líderes en 1997. Para paliar sus efectos, deberán introducir en ellos, por un lado, el mecanismo de compensación de las posibles variaciones de precios entre las empresas, y por otro, la cláusula que garantice la plena libertad de cada compañía de decidir la fijación de sus tarifas de forma independiente. Según las compañías, este tipo de acuerdos son una práctica de obligado cumplimiento para toda aerolínea con posición de liderazgo en el mercado y responde simplemente a las necesidades de conocer las actuaciones de sus competidores en un marco liberalizado.

No obstante, la sentencia estableció que en el expediente presentado no se han encontrado pruebas que acrediten la existencia de prácticas "concertadas" dirigidas a un "incremento acordado y simultáneo de las tarifas básicas y promocionales" o a una "disminución homogénea y simultánea de las comisiones a las agencias de viaje ni abuso de posición de dominio colectiva". La resolución señala que los acuerdos de líneas tenían el "potencial" de reducir la competencia, pero considera que esta actitud es "menos grave" que si la pretensión de las aerolíneas hubiese sido realmente afectar negativamente la competencia.

Asimismo, la sentencia rechaza que Iberia ejerciera "abuso de posición dominante", aunque considera que su posición de dominio "la obliga a mantener un cuidado escrupuloso en sus tratos con las empresas competidoras".

El valor de la multa impuesta por Competencia, 140 millones de pesetas entre las cuatro, ha sido también sujeto de polémica. Del total, Iberia tendrá que pagar una multa de 75 millones de pesetas y 45 millones de pesetas por Aviaco, mientras que Air Europa y Spanair fueron condenadas a 10 millones cada una. Cantidades consideradas insuficientes por parte de las organizaciones de consumidores y "reveladoras" para las acusadas por entender que son "simbólicas" para el montante de negocio que mueven estas empresas.

El Tribunal de Defensa de la Competencia acaba de hacer público el informe sobre la compra de Cruzcampo por parte de Heineken en el que mantenía como tesis que "no era procedente" la operación de compra por entender que lesionaba la competencia. Finalmente, el Ministerio de Economía, que es quien decide en último término, autorizó la operación, pero obliga a Heineken a vender el 17% de las fábricas.

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