La Audiencia de Tarragona es contraria al indulto para los dos marroquíes que se declaran inocentes
,/ Tarragona La sección tercera de la Audiencia de Tarragona ha informado en contra de la concesión del indulto para los dos marroquíes que el lunes iniciaron una huelga de hambre y de sed en la cárcel de Brians para presionar al Tribunal Supremo para que revise las condenas firmes impuestas por diversos delitos de violación y robos, de los que ellos se declaran inocentes. Mientras, la tramitación del indulto solicitada por el fiscal está paralizada a la espera del informe que debe emitir la sección sexta de la Audiencia de Barcelona, presidida por Javier Béjar, que fue uno de los tribunales que les condenó.
La petición de indulto parcial para Abderrazak Mounib y Ahmed Tommouhi fue solicitada el pasado 30 de abril ante el Ministerio de Justicia por el fiscal jefe de Cataluña, José María Mena, al considerar que dudaba seriamente de que fueran los autores de una ola de violaciones ocurridas a finales de los años ochenta en Barcelona y Tarragona.El fiscal firmó esa petición después al considerar que si la justicia se equivocó una vez con ellos -la prueba del ADN demostró que eran inocentes de un caso en el que se les impusieron 51 años de cárcel a cada uno-, también podían ser inocentes en las otras condenas. A partir de la petición de la fiscalía, el ministerio solicitó informes a los cinco tribunales que dictaron sentencias condenatorias por diversas causas.
Uno de los tribunales fue la sección segunda de la Audiencia de Tarragona, que el 7 de enero de 1995 condenó a ambos marroquíes por dos delitos de robo con violación y empleo de armas, otro de violación consumada, dos más de detención ilegal y cinco faltas de lesiones. Éste es el único caso en que los dos marroquíes fueron juzgados conjuntamente y el tribunal les impuso entonces penas que sumaban 84 años de prisión para cada uno.
La semana pasada, ese tribunal, que actualmente es la sección tercera de la Audiencia de Tarragona, remitió al Ministerio de Justicia su informe contrario a la medida de gracia. El informe que emite cada tribunal es la conclusión de un expediente en el que se solicita también el parecer del centro penitenciario en el que está internado el recluso, sus antecedentes penales, la copia de la sentencia dictada, el parecer del fiscal y, algunas veces, de las acusaciones particulares que comparecieron en el caso. El informe emitido por el fiscal jefe de Tarragona en este caso, José María Parra, fue favorable al indulto, en la línea del de Mena.
Los otros tres tribunales que ya han respondido a la petición del Ministerio de Justicia han informado a favor de la concesión del indulto parcial. La sección novena de la Audiencia de Barcelona, presidida por Gerard Thomas, envió su informe al ministerio el pasado 7 de junio. Este tribunal condenó a Ahmed Tommouhi, en septiembre de 1992, a 24 años de prisión por dos delitos de violacíón basándose en que las víctimas reconocieron inequívocamente a su agresor. El Tribunal Supremo confirmó luego esa sentencia.
Mandamiento de libertad
Del mismo modo, la sección quinta de la Audiencia de Barcelona, presidida por Elena Guindulain, condenó a Abderrazak Mounib en enero de 1993 a penas que sumaban 17 años de prisión por los delitos de robo, detención ilegal y lesiones. La sala no sólo emitió su informe favorable al indulto a mediados del pasado mes de mayo, sino que ordenó un mandamiento de libertad que no llegó a cumplirse porque tenía otras penas pendientes.
Mounib fue condenado también en octubre de 1995 por el Juzgado de lo Penal número 17 de Barcelona a cuatro meses de arresto y 250.000 pesetas de multa por un delito de coacciones y una falta de daños. La titular de ese juzgado, Aracel.li Aiguaviva, también informó el 28 de octubre a favor del indulto.
El único documento que falta para que el Ministerio de Justicia tome una decisión es el informe de la sección sexta de la Audiencia de Barcelona, la cual ni siquiera ha empezado a estudiar todavía el caso, según fuentes judiciales. Este tribunal condenó a Tommouhi en enero de 1993 a seis años de cárcel por robo.
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