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El fiscal afirma que el juez Raposo se inventó hechos para justificar un auto prevaricador

El fiscal Carlos Ramos afirmó ayer en la segunda y última sesión del juicio contra el magistrado Santiago Raposo que éste inventó hechos para poder justificar una resolución supuestamente prevaricadora que le ha llevado al banquillo de los acusados. La acusación pública no concretó el móvil que llevó al juez a actuar así, pero precisó que "tampoco se le pregunta a un ladrón qué hace con el dinero que roba". La fiscalía reclama para Raposo 12 años de inhabilitación por prevaricación dolosa o, alternativamente, cuatro años por prevaricación imprudente.

El juicio del caso quedó ayer visto para sentencia en el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña con los informes de la fiscalía y la defensa, quienes emplearon cada uno más de 75 minutos para exponer sus argumentos. Antes de acabar la vista Santiago Raposo, ex presidente de la Sección Octava de la Audiencia de Barcelona y suspendido de sus funciones desde el mes de mayo, tomó la palabra para realizar un alegato exculpatorio en el que no faltaron los latinajos habituales de sus sentencias. "Mi honor permanece totalmente impoluto, incólume e intacto en su integridad, aunque mi honra, en virtud de esta causa, resulte cuestionada y deteriorada".La fiscalía desgranó en su informe los argumentos que, en su opinión, configuran la supuesta prevaricación de Raposo al dictar el 2 de junio de 1998 un auto de archivo de una causa por delito fiscal. Ese procedimiento se había iniciado precisamente a instancias de la fiscalía y se dirigió contra Jaime Sentís, el denunciante del caso Casinos, al que se le acusaba de haber defraudado 501 millones a la Hacienda pública.

"El Derecho no es una ciencia exacta, pero tampoco puede ser una lotería", afirmó el fiscal, quien recordó la sentencia del Tribunal Supremo contra el magistrado Javier Gómez de Liaño para afirmar que "fuera de la ley no existe independencia judicial". La fiscalía considera que ninguna sentencia judicial apoya la interpretación que hizo Raposo del caso, al entender que durante la instruccíón se vulneraron derechos fundamentales del querellante y que había prescrito el delito fiscal del que se le acusaba. El fiscal también aseveró que Raposo asumió la ponencia de ese caso sin que le perteneciera por el orden de reparto interno en la sala y precisó que "es muy difícil concebir la ignorancia de la acusados dados sus conocimientos y su categoría profesional". La fiscalía añadió que Raposo actuó "con interés personal", pero precisó que "no importa el móvil", que continúa sin haberse resuelto ni probado tras la celebración del juicio.

Recursos posibles

La defensa del magistrado, ejercida por el abogado Miguel Capuz, recordó a la Sala que el fiscal pudo haber presentado, y no lo hizo, un recurso de queja contra la supuesta resolución prevaricadora, tal y como ocurrió en otros procedimientos. En ese sentido, aseguró que "el fiscal consintió la resolución y no es de recibo hacerlo y luego presentar la querella".

En otro momento, la defensa recordó que el auto supuestamente prevaricador va firmado, además de por Raposo, por las otras dos magistradas que formaban sala y contra las que inicialmente iba dirigida la querella de la fiscalía. El letrado aludió al "trato judicial favorable" que han recibido estas dos juezas, pues fueron exculpadas a instancias del fiscal después de variar su declaración.

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Según la defensa, no se ha podido demostrar en el proceso ningún interés de Raposo en la causa, ni en perjudicar al fiscal o a la Hacienda Pública, porque "él mismo recordó que paga sus impuestos".

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