El Tribunal Superior no ve delito en una 'okupación' por su "fin político"
Los 604 ciudadanos, entre ellos cuatro diputados regionales de IU y decenas de artistas e intelectuales, que en abril de 1997 se autoinculparon como okupas en apoyo a los jóvenes que tomaron un antiguo laboratorio público abandonado en Embajadores, 68 (Lavapiés), no cometieron ningún delito.El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha concluido que la acción de estas personas no constituye un delito de usurpación (la fórmula como el Código Penal tipifica la okupación)porque su finalidad era "de carácter político" y pretendía criticar la existencia de inmuebles públicos vacíos. Asimismo, los jueces consideran que los okupas no actuaron "con vocación de permanencia" ni como "dueños", dos requisitos indispensables para la comisión del delito, según el tribunal. Ante este razonamiento, los magistrados de la Sala de lo Civil y Penal han decidido archivar la causa.
El tribunal sólo citó a declarar a los cuatro diputados, por su condición de aforados, pero el archivo del procedimiento se hace extensible a los 604 autoinculpados.
El Tribunal argumenta que la ocupación de este antiguo laboratorio del Ministerio de Hacienda "fue llevada a cabo de forma organizada con una finalidad exclusivamente política, como modo de expresar una protesta ante la imposibilidad de utilizar ciertos inmuebles públicos en desuso cuando éstos son susceptibles de satisfacer determinadas necesidades sociales". Los magistrados sostienen que no hay usurpación porque "no había voluntad de los imputados de establecerse en el inmueble con vocación de permanencia, y menos aún de realizar actos inherentes a la cualidad de propietarios". "El carácter político del acto queda demostrado por la participación de representantes populares y de organizaciones sociales", concluye el auto judicial.
La ley castiga la usurpación con multas de tres a seis meses (por cuantías que van de las 200 a las 50.000 pesetas diarias), reemplazables en caso de impago por arresto de fin de semana.
400 autoinculpados declaran ante el juez en otro caso de 'okupación'
El edificio okupado de Embajadores, 68, conocido como El Laboratorio, fue desalojado el 22 de diciembre de 1998 y poco después el Ayuntamiento de Madrid lo derribó para construir un parque, un aparcamiento y unas pistas deportivas. Pero unos días más tarde, el 6 de enero de este año, todos los grupos (ecologistas, insumisos, inmigrantes...) que habían participado en sus actividades volvieron a la carga y tomaron un bloque de pisos privado en Amparo, 24, también en Lavapiés.El citado edificio llevaba unas dos décadas construido y sin habitar (salvo un vecino que residió en él un tiempo a partir de un pleito con uno de los constructores). En pocos días otros 400 ciudadanos, de nuevo el diputado de IU, Juan Ramón Sanz, así como representantes de la asociación de vecinos de La Corrala y de Ecologistas en Acción, volvieron a autoinculparse en apoyo a esta nueva okupación, bautizada como El Laboratorio II.
Archivo o macrojuicio
Desde entonces han sido citados a declarar uno a uno por la titular del Juzgado de Instrucción número 43, encargada de este caso de okupación a partir de la denuncia interpuesta por uno de los dueños del edificio. En fechas próximas, una vez que declaren todos, será el fiscal quien decida si el caso se archiva, si se celebra un macrojuicio con 400 inculpados o si sólo se procesa a algunos.
Endika Zulueta, abogado de los okupas, considera que la sentencia del Tribunal Superior de Justicia "crea un antecedente judicial importante que puede servir de referencia para otros casos". Hace referencia al nuevo proceso abierto, el de Amparo, 24: "Es un caso exacto al que ha sido archivado por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, así que creemos que se debería de hacer lo mismo".
Los okupas de Amparo, 24, han decidido solicitar al Ayuntamiento de Madrid que expropie el edificio para cedérselo, en principio, a ellos. En su propuesta cuentan con el apoyo de la red de colectivos sociales de Lavapiés, formada por la asociación La Corrala, entidades de trabajo social con menores como Paideia y agrupaciones de inmigrantes. Argumentan que las administraciones públicas tienen la facultad de expropiar un inmueble cuando éste lleva años abandonado.
Los procedimientos de autoinculpación persiguen varios objetivos. Por un lado, alargar las diligencias judiciales, y por otro, dar una relevancia social a las causas de la okupación. Los autoinculpados pretenden denunciar la existencia de inmuebles vacíos en una ciudad con graves problemas de vivienda y también cuestionar el delito de usurpación, que no existía hasta que en 1996 entró en vigor el actual Código Penal.
Consideran que las multas y la cárcel no son la solución a los problemas de carestía de la juventud y de sectores marginados y creen que el Código Civil ya tiene suficientes mecanismos para defender la propiedad privada como para que también el Código Penal se ocupe de ello.
Un antecedente
La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid sobre la okupación del edificio de Embajadores, 68, no es la primera favorable a estos colectivos que propugnan la utilización de inmuebles abandonados como viviendas o centros de actividades culturales y festivas. En mayo de 1998, el Juzgado de lo Penal número 20 de Madrid absolvió a los dos primeros okupas juzgados en la región tras la entrada en vigor del actual Código Penal, que, por primera vez desde la llegada de la democracia, castiga la usurpación con penas de cárcel. La juez antepuso al derecho de propiedad el derecho a una vivienda de dos jóvenes que habitaron durante unos meses en una finca vacía, en el número 6 de la calle de la Pasa (Centro).Tuvo en cuenta, además, que la casa estaba deteriorada y que los okupas entraron a ella "sin violencia, en la convicción de que estaba abandonada". La Audiencia Provincial de Madrid ratificó la sentencia absolutoria.
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