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EL 'CASO LIAÑO'

Interrogantes sin respuesta

El abogado Horacio Oliva, que representa a los querellantes, pasó más de una hora del juicio leyendo las preguntas que pensaba formular a Gómez de Liaño. Algunas de esas preguntas son las siguientes:- El 25 de febrero de 1997 recibió una denuncia contra Sogecable y usted abrió diligencias. ¿Le habían advertido de que se iba a producir?

- ¿Por qué acuerda el secreto del sumario si, en aquel momento, en la causa no había más que la denuncia y lo que decía la revista Época? - ¿Por qué la querella no lleva el sello del juzgado decano? ¿Admitió a trámite una querella sin los requisitos legale?

- ¿Por que no pidió, como es habitual, la ratificación de la denuncia presentada por [Jaime] Campmany?

Más información
El juez Liaño no contesta a las preguntas de la acusación en su primer día en el banquillo

- El 13 de mayo la Sala revocó el secreto del sumario por arbitrario, inadecuado y desproporcionado. ¿Habló con alguien?

- ¿Contactó con la Brigada de Delincuencia Económica para sustituir el criterio de la Sala por el de la Policía?

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-El día 15 de mayo, el juzgado estaba cerrado y las partes no pudieron ver la causa, pero el diario El Mundo publica que se ha dictado un nuevo secreto de la causa, y cita fuentes próximas al juez. ¿Quién filtra la noticia?

- ¿Cuándo levantó el nuevo secreto, cuando quiso o cuando los policías se lo indicaron? Oliva formuló también varias preguntas sobre almuerzos y cenas de Liaño y su mujer, María Dolores Márquez de Prado, con el denunciante Campmany, solos o en compañía de otras personas, y sobre un viaje a Italia. También incluyó otras sobre los perjuicios causados a Polanco al impedirle la salida del territorio nacional y por qué cambió de criterio al autorizarle después.

- Si Polanco no hubiese depositado la fianza, ¿hubiera tenido que ingresar en prisión o le hubiera embargado los bienes?

- ¿Por qué el 6 de abril de 1997 estando la causa secreta autorizó a las acusaciones a estar presentes en declaraciones? Otras preguntas se refirieron al informe de los peritos que concluían que no existió delito en la actuación de Sogecable.

-¿Recuerda que el informe decía que los dividendos estaban bien repartidos y que no había obligación legal de guardar los depósitos? El dictamen dice a ese respecto textualmente: "La existencia de un pasivo no recogido en el balance de la sociedad de televisión Canal Plus SA no debe entenderse en este supuesto como un pasivo oculto ya que el pasivo está recogido en la entidad Sociedad de Gestión del Cable SA". "No puede hablarse de reparto de dividendo con cargo a los depósitos de los abonados sino de un reparto realizado con los beneficios obtenidos por la entidad, desde un punto de vista mercantil".

"Ni en la ley 10/1988 de regulación de la televisión privada, ni en el pliego de bases del concurso para la adjudicación del servicio público de televisión en gestión indirecta aprobado por la resolución de 25 de enero de 1989 de la Secretaría General de Comunicaciones, ni en el acuerdo del Consejo de Ministros de 25 de agosto de 1989 (...) se establece la obligación de que los "depósitos de garantía" obtenidos de los abonados deban ser inmovilizados en cuenta bancaria o activo financiero de ningún tipo". Oliva preguntó también:

-¿Decide tomar declaración a Polanco a pesar de saber eso? -¿Confirmó la declaración de Polanco el informe de los peritos de Hacienda? Sobre Cebrián, Oliva hizo alguna pregunta muy concreta: -¿Pensó detener a Juan Luis Cebrián y alertó a la policía para ello?

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