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Condenado a pagar al abogado de oficio por tener dinero suficiente

Un juzgado de Sevilla ha condenado a Antonio G.T. a pagar el abogado de oficio que le asistió tras ser detenido, ya que posteriormente se demostró que poseía bienes suficientes y no tenía derecho a la justicia gratuita. En un auto, el Juzgado de Instrucción número 10 de Sevilla declara que el procesado está obligado a abonar 34.800 pesetas porque, según se afirma, no se puede "confundir los términos oficio con gratuidad".

Antonio G.T. fue detenido el 3 de octubre de 1998 por una denuncia de malos tratos conyugales y solicitó abogado de oficio, pero durante la instrucción del caso designó un letrado particular, la Comisión que autoriza la justicia gratuita decidió que disponía de bienes suficientes y el acusado se negó a abonar los honorarios que le reclamaron por la actuación profesional en el juzgado de guardia. Desde el ámbito judicial se asegura que ésta es una práctica muy extendida entre quienes piden abogado de oficio y luego eligen uno de propia designación, pero ha sido la primera vez que un letrado reclama judicialmente su pago y el juez se la concede. El abogado Joaquín Moeckel decidió emprender esta vía, invocando la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita que establece que "si al detenido o preso no se le reconoce con posterioridad el derecho a la asistencia gratuita, éste deberá abonar al abogado los honorarios devengados por su intervención". El detenido alegó que no hubo un contrato de arrendamiento de servicios profesionales y que él no eligió al abogado de oficio, sino que lo designó el Juzgado de Guardia, pero el juez entiende que "se recaba del Colegio de Abogados la designación de un letrado de oficio, si no lo hubiere nombrado ya el interesado". Por lo tanto, "compete exclusivamente al Colegio de Abogados designar al letrado de oficio, nunca al juez instructor ni siquiera al propio profesional nombrado", dice el juez, y añade que esta función "tiene siempre el carácter de retribuida" y que los honorarios deben ser satisfechos con fondos públicos o por el propio defendido.

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