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El TSJ exculpa a Farnós porque obró de "buena fe" al revelar datos de la hepatitis C, aunque desoyó al juez

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunidad Valenciana ha archivado la causa abierta contra Joaquín Farnós, imputado por un delito de revelación de secretos, al entender que el consejero de Sanidad difundió las conclusiones del informe epidemiológico realizado sobre el brote de hepatitis C de "buena fe". Según el juez encargado del caso, José Luis Pérez Hernández, Farnós obró "en la creencia de que cumplía con su deber de informar a la ciudadanía para lograr tranquilizarla y evitar el estado de zozobra y alarma social" generado por la masiva infección. El auto de archivo apunta, además, que el consejero actuó con la "convicción" de que su iniciativa "no interfería ni perjudicaba la actuación judicial y sin, en momento alguno, tener sensación de que con sus manifestaciones estuviera infringiendo, voluntaria o involuntariamente, lo dispuesto por el ilustrísimo magistrado juez instructor". El juez al que hace referencia el presidente de la sala Civil y Penal del TSJ es José Manuel Ortega, encargado de investigar el brote de hepatitis C detectado en Valencia. Ortega denunció a Farnós después de que éste, pese a dos advertencias previas en contra, divulgara el estudio científico realizado en torno a la masiva infección. Las conclusiones de dicho informe responsabilizan de manera directa a Juan Maeso, el anestesista imputado en la causa, de ser el único foco de contagio. A pesar de que Farnós reconoció tener constancia de las ordenes del juez, Pérez Hernández cree que el consejero ni actuó de manera dolosa ni desveló el secreto sumarial, porque las conclusiones del estudio epidemiológico "ya habían sido divulgadas y eran conocidas por la ciudadanía" porque el diario "EL PAÍS las había publicado". Sin embargo, sus compañeros de sala, al revocar el primer auto de archivo dictado para la causa, no opinaban de esa manera. El 10 de febrero, José Flors, Juan Montero y Juan Climent forzaron la reapertura del caso al entender que Farnós reveló "parte del núcleo esencial de la investigación" al dejar al descubierto, "en definitiva, el objeto mismo de aquello respecto de lo que el Juzgado había requerido a la Secretaría General de la Consejería de Sanidad para que guardara secreto". Por ello, los tres magistrados de la sala Civil y Penal instaron a su compañero a averiguar " si el Honorable Consejero llegó o no a tener cabal conocimiento del requerimiento y advertencias efectuados por el juzgado y del deber de reserva que afectaba a los hechos por él divulgados". Pérez Hernández obvia esta cuestión. En su opinión, "no se descubrió, por consiguiente, nada que no fuere conocido"; no "concurre el daño o perjuicio para la causa pública que exige" la revelación de secretos y "ningún entorpecimiento a la causa judicial se ha ocasionado". El magistrado añade que "no cabe hablar de daño moral o vulneración de la presunción de inocencia del anestesista imputado". Por contra, Ortega, en su testimonio ante el TSJ, declaró que "al dar publicidad a las conclusiones" del estudio se pudo perjudicar "el principio de presunción de inocencia" que protege o debería proteger a Maeso. El abogado del anestesista, Francisco Davó, recurrirá el archivo de la causa.

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