Defensa deberá indemnizar con 10 millones a un piloto accidentado en 1960
Un profesor de vuelo de la Academia General del Aire que en 1960 sufrió una hernia de disco tras un accidente en acto de servicio deberá ser indemnizado con 10 millones de pesetas por el Ministerio de Defensa, según una sentencia del Tribunal Supremo. La hernia obligó al piloto, a quien se concedió el 15 de abril de 1965 la Medalla de Sufrimientos, a pasar a la situación de reemplazo por herido.Durante el reconocimiento médico que se le realizó en el Hospital Regional de Sevilla se le recomendó que se operase porque, de lo contrario, causaría baja. La intervención quirúrgica se efectuó el 21 de octubre de 1966. Luego, como no evolucionaba favorablemente, sino todo lo contrario, los doctores decidieron realizarle unas pruebas, para lo cual le inyectaron un líquido de contraste.
Un año después fue ingresado en el servicio de Neurología del Hospital Militar Gómez Ulla, donde se le dijo que sus fuertes dolores de cabeza se debían a que tenía en el cerebro unos restos de metralla que, posteriormente, resultaron ser gotas del contraste.
Así, el piloto ha sufrido durante casi 40 años un auténtico calvario físico que ha degenerado en ceguera en un ojo, pérdida parcial de la visión en el otro, neuralgias de diversa consideración que le obligan a tomar medicación permanente y otras afecciones que le han causado una obesidad patológica. Según el informe médico del jefe de Neurología del Hospital del Aire, necesita "la permanente asistencia de una persona" que lo cuide y atienda.
Daños continuados
Para el Tribunal Supremo, aunque la causa de sus problemas físicos, las gotas de contraste, se produjo en 1966, no puede decirse que haya prescrito, ya que los daños no han sido temporales, sino "de carácter continuado e ininterrumpido". Asimismo, el tribunal estima que los daños indemnizables deben tenerse en cuenta desde el momento en que se estabilizan, en los años 90, y no desde el instante en que se provocaron, en 1965.El Supremo ratifica de esta manera la sentencia dictada en su momento por la Audiencia Nacional, que condenó a la Administración a indemnizar con la cantidad de 10 millones de pesetas al piloto, que solicitaba 150 millones en concepto de daños y perjuicios derivados de un error médico.
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