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El jurado condena por asesinato al guardia civil que mató por la espalda a un inmigrante

Un jurado popular declaró ayer culpable de asesinato, con el voto unánime de sus nueve miembros, al guardia civil retirado Miguel Ángel Martínez Used, procesado y juzgado por matar por la espalda y de cuatro disparos al marroquí Mourad el Abidine, de 19 años. El agente confesó en el juicio que estaba borracho cuando disparó sobre Mourad y que lo hizo después de que éste intentase robarle una bolsa de bandolera en la que portaba un revólver y un machete. El jurado ha rechazado todas las alegaciones exculpatorias del guardia y entiende que su acción fue un asesinato.

La muerte de Mourad acaeció en la madrugada del 20 de junio en la calle de Barquillo (distrito de Centro). Los miembros del jurado, que hicieron ayer público su veredicto, consideran que es asesinato la acción de este guardia porque le disparó cuatro veces por la espalda, estando de pie el acusado, y con pausas entre los disparos. Es decir, que su acción no fue fruto de un trastorno mental o arrebato, sino que le mató siendo plenamente consciente de lo que hacía y desde una posición factible para asegurar la muerte.En el juicio, el guardia señaló que ese día había bebido varias combinaciones alcohólicas y que se quedó dormido en un portal de la calle de Barquillo. Añadió que se despertó al sentir que la víctima tiraba con fuerza de la bolsa de bandolera que portaba debajo de la axila. Y que, al ver que huía, sacó un revólver que portaba en la bolsa y, aturdido, disparó sobre Mourad. La víctima iba acompañada ese día por su novia, que negó en el juicio la versión del guardia.

Tal como establece la Ley del Tribunal del Jurado, el juez que presida el tribunal -en este caso es Rafael Mozo, magistrado de la Sección 23 de la Audiencia de Madrid-, deberá redactar ahora una sentencia de acuerdo con los términos declarados probados por los miembros del jurado.

La pena oscilará, pues, entre los 15 años de prisión que solicitó el fiscal en el juicio y los 20 que pidió el abogado de la familia del fallecido, Jaime Sanz de Bremond. Este letrado también reclamó una indemnización de 40 millones para los padres del fallecido y exigió que sea el Estado el que asuma el pago de ese dinero como responsable civil subsidiario.

El jurado rechaza en sus conclusiones la atenuante de embriaguez y trastorno mental que alegó en el juicio la defensa. Entiende que el acusado, tras ser detenido instantes después del crimen, actuó ante la policía con una normalidad difícil de darse en una persona que se confiesa muy ebria: fue capaz de enhebrar un testimonio exculpatorio ante la policía y recordaba perfectamente el teléfono móvil de su abogada.

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Armas prohibidas

Una de las cuestiones que debe resolver el ponente de la sentencia es si deduce testimonio por tenencia ilícita de armas contra este agente, ya que utilizó una munición -balas de punta hueca- que está prohibida en el el reglamento de armas, según explicó ayer Sanz de Bremond. En la primera sesión del juicio, el acusado señaló que esas balas le fueron proporcionadas en la Dirección General de la Guardia Civil.En el juicio intervinieron como acusaciones populares la ONG SOS Racismo y la Asociación de Emigrantes Marroquíes en España (AEME), que también apoyaron la necesidad de que el Estado responda como responsable subsidiario de este crimen. La abogada del Estado rechazó tal posibilidad por entender que en el momento de los hechos no exitía una relación de dependencia entre el procesado y el instituto armado. Afirmó que el guardia civil había causado baja el 27 de agosto de 1996 debido a una lesión en una rodilla fruto de un accidente. Agregó que, al causar baja, depositó en la Guardia Civil su arma reglamentaria y que, de hecho, el delito lo cometió con un arma particular. La defensa solicitó al tribunal que se aplique al procesado la mínima pena contemplada para el delito de asesinato "debido a sus circunstancias personales". El jurado tampoco ha atendido esta petición de la defensa.

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