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JUICIOEL TRIBUNAL FRANCÉS DICTARÁ SENTENCIA EN MARZO

El fiscal de Nimes pide dos años de cárcel para el chófer y los dueños del autocar

La acusación pública francesa reclama penas de hasta dos años de prisión y multas que suman 1.325.000 pesetas para el conductor y los dueños de la empresa alicantina de autobuses Hermanos Monllor, enjuiciados en Nimes (Francia) por homicidio involuntario en el accidente ocurrido en julio de 1995, en el que 22 pasajeros españoles, franceses, belgas y holandeses perdieron la vida y otros 18 resultaron gravemente heridos. El juicio quedó visto para sentencia ayer tras el informe leído por el letrado de Salvador Reche, chófer del autobús.

El fallo judicial se dará a conocer el 23 de marzo. En la sesión de la mañana, el fiscal de la República solicitó 18 meses de privación de libertad, dos multas de 2.500 francos (unas 125.000 pesetas) y tres años de suspensión del permiso de conducir para el chófer del autocar siniestrado. A Juan Manuel Monllor Lillo y Vicente Picó García, responsables de la empresa de transportes radicada en Sant Vicent del Raspeig (L"Alacantí), se les reclamó dos años de prisión para cada uno y ocho multas de 3.000 francos (1.200.000 pesetas aproximadamente). De la sesión celebrada ayer en el Tribunal Correccional de Nimes, el abogado de los empresarios, Francisco Ruiz Marco, extrajo que la empresa constructora del autocar Scania tiene parte de responsabilidad en que se produjera un número tan elevado de víctimas en el accidente, el más grave ocurrido en Francia desde hace 16 años. También achacó a Scania que no pusiera en funcionamiento el limitador de velocidad del vehículo siniestrado. El letrado, que ha solicitado la libre absolución para sus clientes, argumenta que el trazado de la autopista A-9, en el punto donde se produjo el siniestro, a la altura de Roquemaure, en el departamento de Gard, no cumple los requisitos técnicos que se exigen a las autopistas francesas, y sostiene que el camión que se vio implicado en el accidente no tenía autorización para circular ese día. Respeto al reglamento Ruiz Marco aseguró que los peritos franceses admitieron, en la sesión de la vista oral celebrada el miércoles, que el chófer cumplió el horario legal de descanso. "No llevaba 16 horas al volante, sino 4", aseveró el abogado. También quedó acreditado, según su versión, que los empresarios alicantinos no manipularon el limitador de velocidad ni el cronotacógrafo, y que sus defendidos cumplieron, en todo momento, los reglamentos de transporte comunitarios. Los empresarios consideran "desproporcionadas" las penas que les reclama el ministerio público francés. "Hay quer tener en cuenta que la condena máxima que puede imponerse en Francia para este tipo de delitos es de tres años", subrayó el abogado. El accidente se produjo el 10 de julio de 1995, a la 1.15 de la madrugada, cuando el autobús, un Scania de dos pisos que cubría el trayecto Amsterdam-Barcelona, chocó con un remolque que salía en ese momento de un área de descanso. El autocar superaba en ese momento el límite de velocidad autorizado.

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