Jueces de sí mismos
NO SE sabe qué es más escandaloso: que un juez se salte todos los plazos habidos y por haber en la resolución de los asuntos de su juzgado, tarde meses e incluso años en pronunciarse sobre un simple juicio de faltas, tenga una actuación profesional rayana en el abandono de sus funciones y, en definitiva, se mofe del derecho constitucional a la tutela judicial efectiva, o que el Supremo avale esa conducta y decida reintegrar a ese juez indolente e irresponsable en sus funciones.El caso del antiguo juez de Leganés José María Lozasoín, expulsado de la carrera judicial por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y reintregado a ella por decisión de la Sala Tercera del Supremo, no sólo es revelador de lo mal que funciona la justicia, sino del corporativismo que la aqueja. Durante tres años, este juez hizo de su capa un sayo en el juzgado, como si fuera de su propiedad y no tuviera que rendir cuentas a nadie; lo tuvo empantanado por "el retraso escandaloso" de sus asuntos y demostró, a juicio del CGPJ, una "incapacidad total y absoluta" para impartir justicia. Pero para la Sala Tercera del Supremo este juez no se merece el cese, sino que basta- es lo proporcionado- que deje de poner sentencias durante un año. Con lo que, transcurrido ese tiempo, podrá volver a las andadas y, como hizo en Leganés, provocar el caos en otro juzgado.
Parecía que en los últimos lustros, y después de todas las reformas hechas para democratizar la justicia, el corporativimo judicial se había diluido o incluso desaparecido. Pero decisiones como la de la Sala Tercera muestran que goza de buena salud en amplios sectores de la judicatura y que los fallos del gremio merecen una comprensión que roza la impunidad.
Una de las cuestiones no resueltas en los sistemas democráticos es la exigencia de responsabilidades a los jueces. ¿Cómo y ante quién responden los jueces por sus fallos y errores en el ejercicio de sus funciones? Se alega que adjudicar esa tarea a otras instancias que las judiciales podría condicionar su independencia, pero atribuírsela a sí mismos convierte esa exigencia en un desideratum que rara vez se alcanza. La impunidad se convierte de hecho en inadmisible contrapartida de la independencia judicial si, como la estadística demuestra, un órgano estrictamente judicial como el Supremo se dedica a minar la labor disciplinaria del Consejo del Poder Judicial contra jueces vagos, irresolutos e incapaces. El corporativismo que se deja entrever en el incomprensible amparo a conductas tan desaprensivas como la del antiguo juez de Leganés, tanto como la tan socorrida falta de medios, es el verdadero obstáculo que se interpone en el camino de una justicia moderna y de calidad, acorde a las demandas de los ciudadanos.
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