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Cartas al director
Opinión de un lector sobre una información publicada por el diario o un hecho noticioso. Dirigidas al director del diario y seleccionadas y editadas por el equipo de opinión

Ascensores

Quiero hablar de un asunto a mi juicio de interés general, relacionado con la normativa de ascensores y que tuve ocasión de conocer durante la inspección del ascensor de mi casa, con motivo del accidente sufrido por mi esposa. En dicha inspección se me explicó que la normativa en vigor, Orden del 19-12-1985, que adjunto, permite que la puerta exterior del ascensor pueda abrirse con una tolerancia de más menos veinte centímetros (±20 centímetros) en relación con el plano de planta del piso correspondiente, cuando por la causa que fuere el ascensor se para dentro de estos límites. Estos escalones de ±20 centímetros son causa de frecuentes accidentes, algunos de máxima gravedad, aunque no haya sido mi caso.En general, excepto los expertos, los ciudadanos, cuando salimos de un ascensor, no tenemos conciencia de los márgenes tolerados por esta norma, y cuando accidentalmente nos enteramos nos cuesta creerlo, pues, dada la tecnología actual, estas trampas toleradas de ±20 centímetros (pensemos en personas que salen confiadas), cuando menos resultan desfasadas a efectos de seguridad. No parece descabellado que el organismo competente se plantee la necesidad de revisar esta norma en cuanto a disminuir sustancialmente los citados márgenes, lo cual, y en la misma proporción, redundaría en beneficio de los ciudadanos tanto en razón de su seguridad como en cobertura a efectos legales por parte de la Administración.

Por supuesto que la aplicación de esta mejora debe hacerse de manera progresiva, como con las puertas de guillotina.-

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