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Anulado un juicio porque el jurado tomó decisiones de carácter técnico

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunidad Valenciana ha anulado el juicio con jurado que finalizó con una condena de más de ocho años de prisión para Víctor Jesús M. B., el joven de Gandia acusado de matar en el garaje de su finca a una vecina, Esther Ciscar, en julio de 1996. La sentencia que dicta la repetición del proceso, celebrado en la Audiencia de Valencia, descalifica la decisión tomada por el jurado porque su fallo -redactado por el magistrado que presidió la vista- "carece de la imprescindible calificación jurídica", mientras que el objeto del veredicto recoge "cuestiones de pura calificación jurídica". Es decir, que los miembros del tribunal, legos en derecho, realizaron valoraciones técnicas a la hora de decidir qué había hecho el procesado, valoraciones que, por contra, no aparecen en los fundamentos jurídicos que justificarían el fallo. El magistrado ponente de la sentencia del TSJ, Juan Climent, insiste en su explicación en que el jurado español ha sido diseñado para que sus componentes se pronuncien, a grandes rasgos, sobre la culpabilidad o no del procesado, pero no sobre la calificación jurídica que merecen sus actos. Esta "grave infracción" ha acabado por forzar la repetición del juicio.

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