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Antena 3 TV, condenada a pagar 875 millones a Pedro Ruiz

El contrato no mencionaba la audiencia que debía lograrse

La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a Antena 3 TV a indemnizar a Pedro Ruiz con 875 millones de pesetas -631,5 millones, más los intereses calculados por sus abogados- por la supresión, en 1993, del programa Con ustedes..., Pedro Ruiz . La cadena, que un año antes había firmado un contrato con él para pagarle tres millones por cada espacio, alegó la escasa audiencia conseguida; pero la sentencia desestima que el descenso de espectadores pueda justificar la supresión del programa y de la cantidad pactada, ya que en el contrato «no figura para nada el nivel de audiencia».

El fallo de la Audiencia Provincial de Madrid condena a Antena 3 TV, SA, por haber incumplido el contrato con Peruce, SA, productora de Pedro Ruiz, que fue suscrito por Antonio Asensio el 21 de julio de 1992. Ese contrato vinculaba a ambas partes durante dos años a partir del 15 de noviembre de 1992 para la emisión del programa de lunes a viernes, tras el informativo Antena 3 Noticias , con una duración de 15 minutos.El 16 de marzo de 1993, las partes añadieron al contrato unos cambios de periodicidad y de duración del programa. Pero Antena 3 TV retiró el espacio de su programación en otoño de 1993, lo cual originó la inicial demanda ante el Juzgado de Primera Instancia número 4 de Alcobendas (Madrid), que condenó a la cadena.

Apelado dicho fallo por ambas partes -Antena 3 TV, defendida por Manuel Villar Arregui, y Pedro Ruiz, bajo la dirección letrada del catedrático y abogado Óscar Alzaga-, la Audiencia Provincial de Madrid ha elevado la indemnización, según cálculos del despacho de Alzaga, a unos 875 millones de pesetas «a la fecha presente». El nuevo fallo es recurrible en casación ante el Tribunal Supremo.

La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado César Uriarte, analiza el contrato suscrito y asegura que «no aparece en él la más mínima referencia al nivel de audiencia de los programas» (argumento esgrimido por la cadena), salvo en lo relativo a «unos incentivos adicionales a la cantidad pactada». En consecuencia, la sala razona que «en el contenido del contrato no figura para nada el nivel de audiencia del programa y menos para ser determinante de su validez o eficacia posterior, aunque en la libérrima voluntad de las partes podrían haberlo convenido, pero es lo cierto que no lo hicieron».

Antena 3, sin ánimo de perjudicar a Pedro Ruiz, con el que «la actual dirección mantiene una respetuosa y fluida relación», anunció anoche que recurrirá esta sentencia.

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