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El Defensor del Pueblo echa en falta más rigor de Prisiones contra los funcionarios denunciados

El Defensor del Pueblo planteará en su próximo informe anual al Parlamento que la Administración aplique con más dureza y diligencia el régimen disciplinario a los funcionarios de prisiones, según fuentes de la institución. Esta recomendación se ha venido repitiendo en los últimos años. El informe, aún en fase de elaboración, recoge unas 500 quejas sobre diversos aspectos carcelarios. Las mismas fuentes entienden que las autoridades no deben escudarse en el archivo judicial de las denuncias para no depurar conductas que, si no conllevan castigo penal, sí pueden merecer reprensión interna. Pero Instituciones Penitenciarias es partidaria de que prevalezca la presunción de inocencia de los funcionarios antes que adoptar medidas que posteriormente pueden ser recurridas y ganadas por los interesados ante los tribunales.

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Instituciones Penitenciarias aplica pocas veces medidas cautelares contra sus funcionarios cuando sobre ellos recae alguna denuncia de los presos, según fuentes del Defensor del Pueblo y otras organizaciones humanitarias. Si media alguna investigación judicial por malos tratos u otra conducta penal, el Ministerio del Interior sí abre un expediente administrativo, pero éste suele ser cerrado automáticamente si los jueces deciden archivar el caso.El Defensor del Pueblo tiene en tramitación 15 quejas por presuntos malos tratos o fallecimientos recibidas durante el año 1997, mientras que en 1996 tramitó 9 casos. Fuentes de la institución consideran que el aumento es poco significativo y reconocen que es posible que haya quejas inconsistentes o infundadas.

El acuerdo del Consejo General del Poder Judicial, que el pasado lunes encargó a su servicio de inspección 31 diligencias para investigar la actuación de los jueces en 40 denuncias de organizaciones humanitarias, ha suscitado diversas iniciativas parlamentarias sobre la situación en las prisiones. Las citadas organizaciones achacan a los jueces de vigilancia penitenciaria cierta pasividad y trato preferente para los funcionarios.

Begoña Lasagabaster, diputada de Eusko Alkartasuna, y el Bloque Nacionalista Galego han solicitado que el director general de Instituciones Penitenciarias, Ángel Yuste, dé explicaciones en el Congreso. "Lo que pretendemos es suscitar la preocupación sobre la situación en las cárceles, que yo tengo la impresión de que va a peor y que ha bajado la. diligencia de los funcionarios", dice Lasagabaster. "Por eso, Instituciones Penitenciarias debe dar explicaciones", añade.

500 quejas anuales

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El Defensor del Pueblo recibió o abrió de oficio en 1997 alrededor de 500 quejas sobre los más variados aspectos referidos a las prisiones, una cifra similar a la registrada en 1996, según fuentes de la institución.Las siete organizaciones que han apelado ahora al Consejo General del Poder Judicial se quejan de pasividad de los jueces de Vigilancia Penitenciaria en la investigación de las denuncias. Otras fuentes, sin querer pronunciarse sobre este aspecto, reconocen que los juzgados archivan casi todos los casos, la mayoría de las veces por falta de pruebas contra los funcionarios. Esta decisión judicial suele llevar aparejado el cierre de la investigación interna abierta por la Administración.

La opinión del Defensor del Pueblo, expresada en sus últimos informes anuales, es que hay que deslindar la culpabilidad penal de la responsabilidad administrativa. Es decir, es posible que un funcionario no haya incurrido en un delito doloso, pero sí que haya quebrantado alguna dlsposición de tipo penitenciario, en cuyo caso la Administración debería adoptar alguna sanción interna.

Hace un mes, el Defensor del Pueblo envió una carta al director de Instituciones Penitenciarias, Ángel Yuste, interesándose por si se habían adoptado medidas cautelares contra dos funcionarios de la cárcel de Ocaña I (Toledo) que están acusados de dar en julio del año pasado una paliza a un sacerdote preso por delitos sexuales. Yuste ha respondido al Defensor que a uno de los dos funcionarios se le ha suspendido recientemente de empleo y sueldo, mientras que al otro sólo se le ha traslado a otro puesto donde no tiene contacto con los reclusos.

Yuste entiende que las sanciones administrativas previas a una decisión judicial son comparables a la prisión preventiva, algo que los jueces adoptan únicamente cuando hay alguna circunstancia que las justifique. El director argumenta que los jueces también pueden decretar la suspensión de empleo, como medida cautelar, para aquellos funcionarios sobre los que recaigan sospechas de haber cometido una infracción grave. Según Yuste, esto es inusual, de lo que puede deducirse que los magistrados dan preferencia a la presunción de inocencia.

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