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La Audiencia revoca la fianza impuesta a Polanco por Liaño

La Audiencia anula las medidas contra el presidente de PRISA

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional anuló ayer las medidas cautelares adoptadas por el juez Javier Gómez de Liaño contra Jesús de Polanco, presidente de Sogecable y del Grupo PRISA, incluida la fianza de 200 millones, por considerarlas innecesarias y desproporcionadas. El tribunal recuerda que la propia Sala ya archivó las actuaciones contra los responsables de dicha empresa por apropiación indebida y estafa, por entender que los hechos denunciados no eran constitutivos de delito.

El auto, del que ha sido ponente el magistrado Jorge Campos, precisa: "Basta la lectura del auto de 26 de junio de 1997 que acordó la fianza y otras medidas cautelares para captar que, además de una somera referencia a un delito de falsedad y un supuesto delito societario, todo el acento se pone en los supuestos delitos de apropiación indebida y estafa, que esta Sala acordó archivar por no ser los hechos, que constituían su apoyo fáctico, constitutivos de infracción criminal".Por ello, y en vista de que las principales acusaciones se han desvanecido, la Sala se pregunta "si en la actualidad puede pensarse seriamente en la existencia de un riesgo de fuga, que haya que minorizar con una fianza de 200 millones" y concluye que "la respuesta ha de ser negativa".

"En conclusión", dice el auto, "la medida cautelar es desproporcionada para la finalidad que se persigue, y por ello innecesariamente onerosa ( ... ), por lo que debe ser revocada".

Sobre el resto de las medidas cautelares fijadas por el juez Gómez de Liaño, como la obligación de comparecer los días 1 y 15 de cada mes en el juzgado y obtener del mismo una autorización para salir de España, el tribunal considera que "ofrecen la misma nota de innecesaria peyoratividad".

Los magistrados consideran que como Polanco tiene, al menos formalmente, la condición de imputado, por ese carácter debe estar a disposición del juzgado que vaya a resultar competente para el resto de las actuaciones pendientes, por si debe practicarse alguna diligencia. Por ello el tribunal considera que es suficiente con que esté localizado.

El tribunal no ha compartido la tesis del juez Ismael Moreno de no examinar las medidas cautelares hasta que un nuevo juez competente se hiciera cargo de la instrucción. "Lo que está claro", dice el auto de la Sala, "es que una medida cautelar tan gravosa como es la fianza de 200 millones no se puede posponer argumentando que se ha acordado declinar la competencia en favor del juzgado de instrucción que resulte competente".

En tanto no se dirima la competencia, el juez, precisa la Sala, deberá practicar aquellas diligencias que considere de reconocida urgencia y "es patente que en ese concepto de urgencia se incluye resolver sobre una medida cautelar personal". "Por ello", agrega, "rechazamos el criterio del instructor de no pronunciarse a favor o en contra de las medidas recurridas".

La decisión se ha conocido un día después de que la Sala Segunda del Tribunal Supremo haya admitido a trámite la querella presentada por Polanco y tres consejeros de Sogecable contra el juez Gómez de Liaño, por delito de prevaricación en la instrucción de las diligencias.

Desde primeras horas de la mañana, Gómez de Liaño desgranó un rosario de declaraciones en emisoras de radio y televisión, en las que justificó las medidas cautelares a que sometió al presidente de PRISA en que éstas siempre contaron con el apoyo del fiscal del caso, Ignacio Gordillo, y del fiscal jefe, Eduardo Fungairiño.

En declaraciones a la COPE, Liaño destacó que está "sufriendo mucho por esta Administración de justicia, a la que llevo dedicado 25 años". Y añadió: "Si algún día las fuerzas me fallan, tendré que decir adiós". También acudió a la sede del Supremo, donde anunció a los periodistas que recurrirá la decisión y que piensa defenderse a sí mismo.

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