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El arrendamiento no es activo material

El Tribunal Supremo considera en una sentencia que los bienes en régimen de leasing (arrendamiento financiero) no deben ser compatibilizados como "activos materiales" cuando el arrendatario se hubiera comprometido a ejercer la opción de compra. Segúninforma la Asociación Española de Leasing, la sentencia del Supremo responde a un recurso que presentó esta organización contra la resolución del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) que establecía esta obligación.

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