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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Errores Judiciales

El País

NO SÓLO en el Reino Unido se producen graves errores judiciales. Dos marroquíes detenidos en Terrassa en 1991 han pasado cinco años y siete meses en prisión, condenados por un delito de violación que no cometieron. En este caso la inocencia es segura, porque la prueba del ADN lo es y no sólo excluye totalmente su culpabilidad, sino que ha servido para identificar como autor del delito a otra persona, un español detenido en 1995. Lo que produce asombro e indignación es que una prueba determinante como ésta, en los casos de violación en los que hay restos de semen, haya tardado en realizarse tantos años. La explicación de que hace cinco años no era tan segura como lo es hoy parece, cuando menos, insuficiente para explicar casi seis años de privación de libertad de dos personas. Ambos tienen sobre sí condenas por otras dos violaciones en las que no se ha podido realizar la prueba del ADN por falta de muestras de semen, pero los dos marroquíes han proclamado siempre su inocencia, e incluso se han negado a solicitar el indulto porque consideran que ello significaría admitir su culpabilidad.Las características del asunto demuestran hasta qué punto está justificado el principio de que más vale absolver a un culpable que condenar a un inocente. La investigación realizada por la Guardia Civil resultó defectuosa, se admite ahora. Uno de los condenados fue identificado por las víctimas en una rueda de reconocimiento tras haberle visto pasar esposado por un pasillo; su foto, por otra parte, había sido ya publicada por la prensa. Ha resultado que el español ahora condenado como verdadero culpable guarda un asombroso parecido físico con uno de los dos marroquíes. Tampoco se tuvo en cuenta que no constaba que los dos condenados se conocieran entre sí, pese a estar acusados de operar conjuntamente.

Sería injusto no reconocer, con todo, que fue la perseverancia de otro guardia civil lo que permitió corregir el error desde el momento en que se comprobó el parecido físico entre el sospechoso detenido en 1995 y el condenado años antes. Una conclusión mínima es que la prueba del ADN sea obligatoria en todos los casos de violación en los que haya restos seminales.

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