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El fiscal Gordillo no recurrirá la sentencia sobre Ruiz-Mateos

El fiscal de caso Rumasa, Ignacio Gordillo, ha decidido no presentar recurso de casación ante el Tribunal Supremo contra la sentencia de la Audiencia Nacional que absuelve al empresario José María Ruiz-Mateos de dos delitos de falsedad documental. Gordillo solamente presentará recurso si se lo piden sus superiores, el fiscal jefe de la Audiencia Nacional, Eduardo Fungairiño, o el fiscal general del Estado, Jesús Cardenal.Fuentes fiscales señalaron ayer que Gordillo estima que la sentencia es jurídicamente correcta, por lo que no cabe interposición de recurso de casación ante el Supremo. Las mismas fuentes señalaron que, tras estudiar detenidamente la resolución, el fiscal no ha encontrado ninguno de los motivos exigidos para presentar recurso y recordaron que el mismo tendría un carácter extraordinario.

Con esta decisión, el fiscal del caso Rumasa mantiene el criterio de la fiscalía de la Audiencia Nacional cuando pidió en su momento el sobreseimiento del caso porque ya entonces estimaba que los hechos denunciados no tenían encaje en el Código Penal vigente. Esta postura fue sometida al entonces flscal-general del Estado, Juan Ortíz Úrculo, que, después de escuchar a la Junta de Fiscales de Sala del Tribunal Supremo, ordenó mantener todas las acusaciones contra Ruiz-Mateos y sus cuatro colaboradores (Luis Romero Agarrado, Carlos Quintás Álvarez, José Díaz Hidalgo y Manuel Sánchez Marín) para celebrar el juicio, que se celebró entre el 10 y el 28 de febrero.

Otros procesos

Es tan sólo el fiscal el que puede recurrir la sentencia, ya que no se personó en el juicio el abogado del Estado. El empresario Ruiz-Mateos ha quedado absuelto de dos delitos de falsedad documental, los dos únicos delitos por los que se le podía juzgar porque así estaba recogido -junto con otro delito de estafa que fue retirado por la fiscalía- en la extradición concedida por Alemania el 29 de marzo de 1985. Quedan pendientes dos procesos paralelos, uno por delito de injurias contra el jefe del Estado y otro por intento de estafa a la Rumasa Estatal.Según el convenio de extradición, si Ruiz-Mateos permanece en España pasados 45 días puede ser juzgado por los cuatro delitos no incluidos en el acta de 1985. Sin embargo, no se espera que así suceda, en parte porque algunos no están recogidos en el nuevo código penal y en parte porque el quebranto económico ha sido cubierto por el saneamiento de Rumasa.

Además de los delitos juzgados, los que contenía el auto del juez Luis Lerga en el que se basó la extradición son no declarar a la Hacienda Pública, retener cotizaciones a la Seguridad Social, regularizar pérdidas de empresas de forma irregular, mantener una doble contabilidad, trasvase irregular de balances, aumento patrimonial ficticio y tráfico de divisas.

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