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Los magistrados del Tribunal Supremo cobrarán igual que los del Constitucional

Los magistrados del Tribunal Supremo cobrarán igual que los del Tribunal Constitucional si el pleno del Congreso confirma la semana próxima el acuerdo unánime tomado el martes último por la Comisión de Justicia e Interior, que dictaminó la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial. El estatuto de los magistrados del Supremo exigirá la plena dedicación, por lo que aumentarán sus incompatibilidades. Otra de las novedades de la futura ley es la exigencia de tres años de excedencia forzosa para los jueces que regresen de la política, si bien esta medida no será retroactiva, según se aprobó con los votos en contra del PP.El PP se resistió también a la equiparacóon retributiva de los magistrados del Supremo y del Constitucional, contra la que se pronunció en el pleno del Congreso su portavoz de Justicia, Andrés Ollero, quien atribuyó al PSOE -que ya planteó la medida en la anterior legislatura- la intencionalidad de la iniciativa por encontrarse "prisionero del Supremo" (en referencia al caso GAL).

Sin embargo, en el debate en comisión una enmienda transaccional del PP a la inicial del PSOE, CIU, PNV y CC, permitió el acuerdo unánime con el texto siguiente: "De conformidad con el principio de supremacía -jurisdiccional que se recoge en el artículo 123 de la Constitución, las remuneraciones de los magistrados del Tribunal Supremo se establecen en la cuantía correspondiente a las de los titulares de órgano constitucional con funciones jurisdiccionales".

Dado que los magistrados del Supremo perciben más de 500.000 pesetas mensuales netas, la equiparación con los del Constitucional, que cobran unas 800.000, significará un incremento mensual próximo a las 300.000 pesetas. Los propios magistrados del Supremo promotores del estatuto plantearon que sus sueldos se fijaran "por referencia a los del Tribunal Constitucional", pero no la equiparación de ambos.

En todo caso, el importante aumento va unido a una magistratura de ejercicio y plena dedicación, con un aumento de las incompatibilidades, de modo que quien se dedique a actividades públicas o privadas no autorizadas deberá abandonar el Supremo. Entre otras medidas, mientras pertenezcan al alto tribunal sólo podrán ejercer fuera del Supremo funciones de presidentes de tribunales de oposiciones y miembros de la Junta Electoral Central, así como la docencia e investigación "que no afecten a la dirección y control de los servicios académicos".

Jueces políticos

Otro de los puntos de interés de la primera reforma legal promovida por la ministra de Justicia, Margarita Mariscal de Gante, se refiere al regreso de los jueces que hayan abandonado la función judicial pata dedicarse a la política, a quienes se penaliza con tres años de excedencia forzosa. El PP no ha permitido suavizar la reforma, si bien fue derrotado en comisión respecto a su no retroactividad. Con los votos en contra del PP, la comisión aprobó una enmienda de CiU por la que la ley "no comportará la revisión de las situaciones" anteriores.Desde la vigencia de la nueva ley, los miembros de la carrera judicial que participen como candidatos en elecciones para acceder a cargos públicos "deberán solicitar la excedencia voluntaria, situación en la que quedarán en caso de ser elegidos". De no serlo, "quedarán en situación de excedencia forzosa durante tres anos". Este mismo régimen "será de aplicación a los jueces y magistrados que finalicen su mandato como miembros de cámaras y asambleas legislativas o de corporaciones municipales y a los que cesen en el desempeño de cargos políticos o de confianza".

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