Democracia en la UE, tres propuestas osadas
Ninguna autoridad pública comunitaria tiene un auténtico control sobre los procedimientos decisorios en la Unión Europea, ni el Parlamento Europeo, ni la Comisión, ni siquiera los propios Gobiernos de los Estados miembros. La prensa, uno de los estamentos básicos de la sociedad democrática actual, también se encuentra limitada en sus cometidos. Y es imposible arrancar, de las instituciones comunitarias una declaración que aclare ese complejo mundo de los comités que constituye la denominada "comitología".Hubo un tiempo en que emergieron corrientes de opinión que manifestaban su preocupación por el desmedido carácter supranacional que estaba adquiriendo la integración europea. Es hora ya de preocuparse por el infranacionalismo en determinados campos de la seguridad pública, la salud y otros ámbitos de la regula ción socioeconómica: existe una compleja red de administraciones públicas nacionales, administraciones comunitarias y una colección de entes privados que participan en el desigual e injusto procedimiento de toma de decisiones comunitarias con enormes repercusiones en los aspectos sociales y económicos de la vida cotidiana. Normalmente se invoca la transparencia y el acceso a los documentos públicos como posibles remedios a este problema. Pero surge el interrogante de que si uno no conoce lo que está ocurriendo, ¿cómo va a saber qué documentos pedir? No parece que la solución sea reforzar el papel del Parlamento Europeo ni el de los Parlamentos nacionales. La frase con la que comienza el texto que Irlanda ha propuesto como base para la revisión del Tratado de la Unión pone el acento en esta preocupación por el ciudadano: la UE pertenece a sus ciudadanos. Desgraciadamente, esta frase, que arroja ciertas esperanzas para el ciudadano europeo, queda mitigada al leer las poco ambiciosas propuestas. Es de temer que dichas propuestas sean un nuevo síntoma de la devaluación del concepto de ciudadano, al que se ve como un consumidor: un consumidor que ha perdido su fe en la marca llamada Europa y que no tiene más remedio que comprar una serie de baratijas económicas y sociales. Resulta, pues, difícil imaginar que éste sea el ciudadano al que pertenece Europa y no lo contrario, es decir, la Europa que se apropia del individuo-ciudadano.
¿Qué soluciones se pueden doptar? He aquí tres posibles.
El voto legislativo europeo. En la mayoría de los Estados miembros, el sistema democrático está basado en la democracia representativa. Los representantes electos legislan y gobiernan en nombre de los ciudadanos. Si el pueblo no está satisfecho de la actuación de sus gobernantes, puede sustituirlos en las siguientes elecciones. Este elemento esencial de la democracia representativa no se da en la Unión. La forma de Gobierno europeo -que se mantendrá por un tiempo considerable- tiene la particularidad de que no hay un Gobierno concreto que expulsar. Ni la moción de censura del Parlamento Europeo sobre la Comisión, ni el voto favorable a un nuevo presidente de la Comisión resultan figuras análogas a la sustitución del Gobierno. El ciudadano europeo no puede influir directamente mediante ningún acto en el resultado de alguna de las políticas comunitarias, a diferencia de lo que ocurre cuando actúan como ciudadanos escogiendo un determinado programa político. Ni las elecciones al Parlamento Europeo ni las elecciones a los Parlamentos nacionales han resuelto este problema. Ésta es una de las razones que permiten explicar por qué el índice de participación en las elecciones europeas ha sido bajo y, además, se han visto más como una forma de juicio provisional de las actuaciones de los Gobiernos nacionales que como una verdadera elección del Gobierno europeo.
Esta propuesta implica introducir alguna forma directa de democracia por lo menos hasta que podamos hablar de una verdadera democracia representativa a escala comunitaria. El recurso al referéndum es excepcional, y dado el tamaño de la UE, no resulta aconsejable su uso. Nuestro proyecto es una fórmula de iniciativa legislativa popular que debe hacerse coincidir con las elecciones al Parlamento Europeo. Consiste en la posibilidad de que cuando se haya recogido un número suficiente de firmas, por ejemplo, en más de cinco Estados miembros, las propuestas
legislativas que se propugnen puedan ser votadas en el transcurso de las elecciones europeas (y tras un periodo de prueba, estas iniciativas puedan ser votadas en otros periodos distintos al de las elecciones). Con ello se conseguirá que, además de votar a los candidatos al Parlamento Europeo, el electorado pueda votar sus propias iniciativas legislativas. Los resultados serán vinculantes para las instituciones comunitarias y para los Estados.
Las iniciativas legislativas se encontrarán enmarcadas dentro de la esfera del derecho comunitario -por ejemplo, en aquellas áreas donde las instituciones tengan competencia para legislar-. En los ámbitos del tratado donde las decisiones se adoptan por mayoría, la iniciativa será adoptada cuando obtenga el voto mayoritario de la Unión al igual que el de los Estados miembros. (Se pueden estudiar otras fórmulas distintas a ésta). Cuando el tratado prevea la unanimidad, se requerirá la mayoría absoluta de votos tanto a escala comunitaria como a escala nacional.
Esta propuesta no sólo elevará simbólicamente la voz de los individuos considerados como ciudadanos, sino que animará a los partidos políticos a formar auténticas estructuras de partidos a escala comunitaria. De esta manera se conseguirá dar un papel político más relevante a las elecciones al Parlamento Europeo. Finalmente, mediante esta propuesta se pretende dar un importante paso hacia la noción de ciudadano europeo y de responsabilidad ciudadana.
Lexcalibur-La plaza pública europea. Ésta es la propuesta más revolucionaria y que tendrá un mayor impacto en las formas de gobierno comunitarias. No requiere una modificación del tratado y podría ser adoptada mediante un acuerdo interinstitucional entre la Comisión, el Consejo y el Parlamento. Podría ponerse en funcionamiento en diversas fases una vez transcurrido un periodo de prueba, y sería totalmente operativa en dos o tres años. Pensamos que si esta propuesta fuera adoptada tendría, a medio y largo plazo, un mayor impacto en la obtención de mayor transparencia en las formas de gobierno comunitarias que cualquier otra medida que actualmente va a ser estudiada en la Conferencia Intergubernamental.
Aunque no requiere una modificación del tratado, pensamos que sería conveniente que fuera introducida en la agenda de la Conferencia Intergubernamental como figura central de las propuestas que tienen como fin el fortalecer la figura del ciudadano europeo.
Proponemos que, con algunas excepciones, toda la información generada en la toma de decisiones comunitarias, especialmente aunque no sólo la comitología, sea introducida en Internet.
Por simples razones prácticas hemos bautizado el proyecto como: Lexcalibur-La plaza pública europea.
En primer lugar conviene aclarar que va más allá de la mera introducción en las bases de datos electrónicas, de forma más accesible, de ciertas leyes o documentos. Igualmente debemos insistir en que esta propuesta no supone una ruptura del principio de no revelación del contenido de ciertos documentos confidenciales; es decir, aquellos documentos que por su especial relevancia o por ser considerados confidenciales no serán accesibles al público en general. Cualquiera que sea la decisión que se adopte respecto al acceso a la documentación comunitaria podrá ser introducida en Lexcalibur.
La clave esencial de este sistema será que cualquier proyecto comunitario que persiga el resultado de una posible adopción de una norma comunitaria tendrá su página-web en Internet dentro de la Página General que hemos denominado Lexcalibur, mediante la que se podrá identificar el ámbito y la finalidad de la medida que se pretenda adoptar; los organismos comunitarios o nacionales responsables del proyecto; el periodo en el que debe ser adoptada la medida, de tal manera que el ciudadano esté al corriente de en qué momento procedimental se encuentra el proyecto; el acceso a todos los documentos no confidenciales que se utilicen para la adopción de la medida; igualmente se prevé la posibilidad, mediante procedimientos específicos, de introducir propuestas al proyecto. Resulta necesario insistir que nuestra propuesta no persigue lo que podríamos denominar en términos informáticos un "Gobierno virtual" que implique que de aquí en adelante los procedimientos de toma de decisiones se lleven, a cabo exclusivamente a través de la informática. La base de la toma de decisiones comunitarias debe permanecer intacta: instituciones políticas, reuniones de comités parlamentarios, debate parlamentario, información pública, de tal manera que el debate en la plaza pública se mantenga y permita desarrollar una auténtica sociedad europea de auténticos seres humanos.
El verdadero potencial del sistema Lexcalibur radica en su efecto secundario: se intensificará el papel de todos los posibles "actores" que tendrán un rol más importante en su participación en las discusiones de la plaza pública. Los beneficiarios directos del Eurogobierno en Internet serán la opinión pública, los grupos de interés, organizaciones no gubernamentales... Por supuesto, los "ciudadanos ordinarios" tendrán igualmente una participación más directa en los procedimientos decisorios. El proveer de un avanzado sistema infórmático de información es sólo el primer paso de un proyecto más ambicioso. Sirve de base a un sistema que permite extender la participación en el proceso decisorio comunitario obteniendo como resultado la posibilidad de diálogo entre las instituciones comunitarias y los grupos privados, lo que nos acerca a una Europa más democrática. Debemos realzar la soberanía del ciudadano, desmitificar los avances tecnológicos y situar a éstos al servicio del individuo y no lo contrario. Internet, por tanto, constituye el punto de arranque para una Europa más participativa y preocupada por los problemas del ciudadano; en otras palabras, un Gobierno europeo como sociedad civil.
Para aquellos que deseen ver en qué consiste esta propuesta, puede consultarse en la siguiente dirección de Internet: http://www.iue.it/TEST/Index.html
El Consejo Constitucional. El problema de competencias es, en nuestra opinión, un problema de percepción. Ésta se basa en que los límites en que se establecía el nivel competencial comunitario como delimitador de las áreas en las cuales la Comunidad podía intervenir se ha roto sin remedio. Uno no puede esconder este problema bajo la alfombra. El principal problema es por tanto no la extensión de los límites competenciales de la Comunidad, sino cómo debe restaurarse la confianza respecto a cuáles son los límites entre las competencias de la Comunidad y las de los Estados miembros. Proponemos la creación de un Consejo Constitucional basado en el sistema francés. El Consejo Constitucional tendrá jurisdicción exclusivamente sobre cuestiones de conflictos de competencias (incluyendo la subsidiariedad) y podrá, como su primo hermano francés, decidir sobre aquellos casos una vez se haya adoptado una ley, pero antes de que entre en vigor. Podrá ser impugnada por la Comisión, el Consejo, cualquier Estado miembro o por el Parlamento cuando se decida por mayoría de sus miembros. Opinamos que debería permitirse a los Parlamentos nacionales elevar casos al Consejo Constitucional.
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