Las meigas del 'caso Banesto'
Los papeles suizos duermen en espera de la fecha del juicio contra Conde
La culpa, primero, fue del correo certificado. La comisión rogatoria suiza fue enviada por la Oficina Federal de Policía de Berna (OFP) el 25 de septiembre. Pero no terminaba de llegar al Ministerio de Justicia, en la calle de San Bernardo. Ante la alarma, aquí y en Suiza, los documentos llegaron, según Justicia, el 14 de octubre. No obstante, cuando se trasladó el material a la Audiencia Nacional, se pudieron ver dos cartas del Ministerio de Justicia. Una del 1 de octubre, en la que se dejaba constancia de la recepción de los documentos, y otra del 15 de octubre en que se "devolvía" a la Audiencia Nacional el material que al parecer le fue enviado por el Juzgado Central de Instrucción número 3 bis. Los documentos fueron y vinieron de aquí para allí como maleta de loco. Pero, una vez traducidos, el juez Manuel García-Castellón los envió a la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional.¿Para qué? A juzgar por los hechos, para nada. Si se olvidan las cartas de Justicia y la promenade que se dieron entre el ministerio y la Audiencia Nacional, los papeles llevan durmiendo en la Sala de lo Penal desde el 8 de noviembre.
García-Castellón utilizó un argumento técnico para enviar los papeles a la sala. Desde que él concluyó técnicamente la instrucción, el 8 de abril de 1996, se abrió lo que se denomina la fase intermedia, en la que el juez ya no instruye. Aun siendo esto así, si él no instruye y hay cosas para instruir, ¿en quién recae esa facultad? Esta pregunta no tiene respuesta por una razón: nadie desea darla.
Ni las partes personadas ni los magistrados de la Sala de lo Penal hubieran puesto objeción alguna a que el juez García-Castellón iniciara aquellas diligencias que pudieran derivarse de la comisión rogatoria suiza. Fue el propio juez quien la solicitó y quien, junto al fiscal Florentino Orti, la realizó el 5 y 6 de febrero de 1996. "Lo que está fuera de discusión es que nosotros no podemos instruir. La sala debe pronunciarse sobre los recursos, pero no puede instruir", dijo a EL PAÍS uno de los magistrados de la Sala de lo Penal.
Apertura del juicio oral
La Sección Segunda de la Sala de lo Penal, donde se encuentra varada la citada documentación, es la encargada de resolver una serie de recursos el 16 de diciembre, relacionados con la apertura del juicio oral contra Mario Conde y sus colaboradores. El pasado 14 de octubre, una vista convocada para tal efecto fue aplazada. La razón de la suspensión tuvo que ver con el hecho de que una de las personas, Jacques Hachuel, aparece en el sumario como acusador particular y como inculpado.En esa vista, entre otras inculpaciones, se debía ver, un recurso de Banesto en el que propone tomar declaración de Mariano Gómez de Liaño y de Francisco Javier Sitges, ex presidente de Asturiana del Zinc, como inculpados, en relación con el contenido de la comisión rogatoria suiza. En ella, el fiduciario Paolo Gallone confesó que las sociedades Kaneko Holding, Asni Investments y Jamuna pertenecen a sus mandatarios Mario Conde, Mariano Gómez de Liaño y Francisco Javier Sitges. Y como Asni y Jamuna participaron en operaciones presuntámente ilícitas con Banesto (estafas de Promociones Hoteleras e Isolux), Banesto propone "cerrar el círculo".
Sin embargo, la Sala, según varios magistrados consultados, sólo estudiará los problemas formales, por así decir. En otros términos, si la petición de inculpación de Banesto, que fue rechazada por el juez García-Castellón, se ha realizado conforme o no a las normales procesales. El banco pidió la apertura de juicio oral contra Gómez de Liaño y Sitges, pero siempre que antes se les tomara declaración como inculpados. Tanto el juez como el fiscal Orti estuvieron en contra con el argumento de que la petición se formuló tarde, al redactarse el escrito de acusación. La Sala, que no tiene facultad para instruir la comisión rogatoria, no va a suplantar, pues, al juez y al fiscal.
Pero el presunto debate formal oculta la realidad. Lo que importa es si se está a tiempo o no de completar la instrucción. Ni el juez ni el fiscal han ignorado que si en Promociones Hoteleras y en Isolux es presunto responsable de estafa Mario Conde, no podrían serlo menos sus socios-cooperadores, Gómez de Liaño y Sitges, máxime cuando, según la investigación y, ahora, la confusión rogatoria, una parte del dinero se la llevaron los dos citados a través de Asni y Jamuna. Y, entonces, como esto no se puede ignorar, sobreviene el argumento de que es necesario acabar cuanto antes, fijar una fecha para el juicio oral. En otros términos, dejar a la comisión rogatoria que duerma su sueño eterno.
Hay otras razones que explican la indiferencia que la conmisión rogatoria ha encontrado entre los que han sido hasta ahora responsables de la instrucción, Se trata de la presencia de dos apellidos ilustres. Uno de ellos, Gómez de Liaño, ha mantenido tradicionales lazos con la magistratura y la judicatura. "Lo que siempre vendió Mariano cuando ejercía como abogado es protección en los ambienes judiciales", dijo una fuente consultada. "No es extraño que ahora la tenga para sí mismo", añadió. El segundo nombre, el de Sitges, llama a sosiego en ambientes judiciales por su relación de amistad con el rey Juan Carlos.
Tropezar en la misma piedra
"En el caso Banesto siempre te tropiezas con la misma piedra", dijo a este periódico un abogado informado. ¿Cuál es esa piedra? "Llegas a un punto en el que aparecen cosas extrañas. Por ejemplo, en la operación Carburos Metálicos ahora el dinero está controlado por una fundación de Liechtenstein llamada Levis. Si bien parece evidente que se trata de una fundación de Conde, hay un hecho sugestivo: si Conde hubiese querido, el nombre Levis se mantendría secreto. ¿Quién está con él en Levis? ¿Sitges, que está también en Melvin? Y Sitges, ¿a quién representa?", razonó el jurista.La única manera de que estos efluvios impidan una instrucción profesional es hacer lo que tiene que hacerse. La Fiscalía Anticorrupción, que sustituye al fiscal Orti en este caso, ya se ha empezado a mover en esa dirección. Ha considerado, por ejemplo, que la comisión rogatoria aportaba suficientes datos sobre las empresas y personas vinculadas a Conde -esto es, Gómez de Liaño y Sitges- como para que el juez retirara, el pasado 11 de noviembre, la autorización ya concedida a Conde para viajar a París.
En este contexto, Banesto pedirá a la Sala de lo Penal que ordene al juez la instrucción de diligencias respecto a la actuación de Gómez de Liaño y Sitges, en relación con la comisión rogatoria. Si este curso de acción es estimado correcto por la Sala de lo Penal, Sección Segunda, ello supondría quitar de la vista del próximo 16 de diciembre el recurso de inculpación de Gómez de Liaño y Sitges, que sería tramitado, dentro de la pieza separada de instrucción de la comisión rogatoria suiza.
Ahora habrá que ver cómo reaccionan las meigas del caso Banesto. Porque como dicen en su tierra, haberlas haylas.
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