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El juez disolvió el primer jurado de Madrid al aceptar el parricida ingresar 15 años en un psiquiátrico

La labor del primer jurado de Madrid, cuyos miembros han recibido por los dos días de juicio unas 20.000 pesetas, se difuminó al confesar el acusado la autoría y aceptar la petición del fiscal de ingresar en un psiquiátrico. Su misión -decidir si Luis Sanz Sacristán, de 56 años, era culpable o inocente - se reveló estéril.El jurado aceptó la explicación que dio el magistrado presidente, José Luis Calvo Cabello, sobre las causas de su disolución. "No es frustrante que haya ocurrido esto", dijo el presidente a los periodistas; "es una posibilidad que establece la ley".

El acusado aceptó la petición del fiscal, Joaquín Sánchez-Covisa, tras retirar éste su acusación inicial de asesinato -por la que le pedía 14 años de prisión- y convertirla en una petición de ingreso en un "centro psiquiátrico adecuado". Era, en definitiva, lo mismo que pedía el abogado defensor, José Antonio Moreno.

Los escritos finales del fiscal y la defensa eran casi calcados; sólo diferían en la indemnización que el acusado debía pagar a su hijo de 11 años -30 millones, según el fiscal; y 5, según la defensa- y en si el acusado actuó con alevosía. Pero en lo fundamental, es decir, en que el acusado mató a su esposa porque sufría una "enajenación mental absoluta" eran idénticos.

El presidente del tribunal avanzó que la sentencia sería absolutoria (los peritos acreditaron que el acusado mató a su esposa insconsciente de lo que hacía), y que, de momento, seguiría en la enfermería de Carabanchel hasta su "inmediato traslado" a un centro, donde recibiría asistencia. En cualquier caso, nunca más de 15 años. Cuando ejecute la sentencia, el presidente decidirá si debe ingresar en un psiquiátrico penitenciario o en uno civil.

Antes de disolver el jurado, el magistrado pidió a las partes que examinasen la siguiente cuestión: la Ley del Jurado, dijo, excluye una sentencia de conformidad cuando "la pena exceda de seis años" (en este caso, las partes habían convenido un máximo de 15 años de internamiento; el juez planteó que eso también podía significar privación de libertad).

Las partes defendieron que el acusado había sido absuelto, y que los 15 años de internamiento eran una medida de seguridad, no una pena en sí.

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El cambio de actitud del fiscal (quien había anunciado al comienzo del juicio su disposición a modificar sus conclusiones cuando se concretase el estado real del acusado) se debió a los contundentes informes de los peritos. No habría matado a su esposa de no ser por Ias falsas ideas delirantes" que estructuró en su mente al creerla inflel. Al final del juicio -12 horas de duración- una fuente judicial planteó otro debate: "Este mismo juicio, pero sin jurado, habría tardado media hora, y con el mismo resultado".

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