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Los socialistas proponen que se pueda suspender la actividad de un partido sin condena firme

Anabel Díez

Un partido político podría ser suspendido de toda actividad aunque no pese sobre él una sentencia firme de los tribunales. Esta suspensión cautelar, por posible ilicitud, correspondería a la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional. Así lo pretende el grupo socialista en una proposición de ley que presentará este lunes en el Congreso con el título de Régimen Jurídico de los Partidos Políticos. No se ve en esta propuesta la tutela judicial para los militantes, por lo que, en la línea tradicional, serían los tribunales internos de los partidos quienes juzguen a sus afiliados y les sancionen.

Los socialistas intentaron sin éxito antes de perder las elecciones convencer al resto de las fuerzas políticas para que aprobaran una ley de partidos políticos de la que se ha venido hablando durante los últimos 10 años. Hubo conversaciones al respecto que quedaron en agua de borrajas. El resquemor de los dirigentes de las organizaciones. políticas era siempre el mismo. No les gustaba en absoluto que una ley regulara la vida interna de sus respectivos partidos. Ésa fue la opinión entonces tanto del Partido Popular corno de Izquierda Unida.Pero el PSOE, ahora en la oposición, lo sigue intentando y todos los grupos tendrán que manifestarse de manera clara en el Congreso en los próximos días. La novedad de esta proposición de ley está en la capacidad que se da a la Sala de lo Penal de la Audiencia para que de oficio o a instancia del ministerio fiscal declare la suspensión provisional de un partido hasta que se dicte sentencia. Un partido sólo podrá ser disuelto definitivamente mediante resolución firme por incurrir en supuestos de asociación ilícita previstos en el Código Penal o cuando su organización o actividades sean contrarios a los principios democráticos.

En el preámbulo de esta proposición se afirma que, entre otros objetivos, se trata de "aumentar las garantías y derechos de los afiliados", así como los mecanismos de participación de éstos en las decisiones del partido. En resumen, "elevar la democracia interna".

A pesar de esta declaración tan abierta y democrática no aparece en ninguno de los 17 artículos de esta proposición la posibilidad de que los militantes tengan tutela judicial, es decir, que puedan ir a los tribunales aquejarse del comportamiento de sus dirigentes. En el apartado Garantías de los afiliados se establece la obligación de que un órgano, deberá dirimir los conflictos que se susciten en tomo "a la interpretación y aplicación de los estatutos". Otro órgano estudiará las reclamaciones, solicitudes de amparo, defensa ante los expedientes sancionadores y recursos contra las resoluciones que se dicten en los mismos. Estos procedimientos deberán recoger los principios de "tipicidad de las infracciones, audiencia del interesado, presunción de inocencia y proporcionalidad en las sanciones".

Es decir, órganos como los que operan en la justicia ordinaria pero de carácter absolutamente interno. Los socialistas mantienen la exclusión para ser militante de un partido a los jueces, magistrados y fiscales mientras se encuentren en activo. La proposición de ley quiere dejar claro que la constitución de partidos políticos en España es completamente libre, "no está sometida a autorización administrativa de ningún tipo, y su inscripción, mediante escritura pública en el registro de partidos políticos, tiene efectos meramente declarativos". Solamente si el Ministerio del Interior aprecia. indicios racionales "de ilicitud Penal", lo comunicará al ministerio fiscal y a la Junta Electoral Central.

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Sobre la firma

Anabel Díez
Es informadora política y parlamentaria en EL PAÍS desde hace tres décadas, con un paso previo en Radio El País. Es premio Carandell y Josefina Carabias a la cronista parlamentaria que otorgan el Senado y el Congreso, respectivamente. Es presidenta de Asociación de Periodistas Parlamentarios (APP).

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