La Audiencia anula la fianza de 150 millones a Prado por el 'caso De la Rosa'
Manuel Prado y Colón de Carvajal podrá recuperar los 150 millones de pesetas que tuvo que depositar en el juzgado encargado de la investigación del caso De la Rosa para permanecer en libertad. Ésa fue la cantidad fijada como fianza en el auto de prisión del juez Joaquín Aguirre, que en diciembre pasado inculpó a Prado de los supuestos delitos de estafa y falsedad.Ahora, la Audiencia de Barcelona ha anulado el auto de prisión y deja sin efecto la fianza exigida. Pero la resolución de la Sección Segunda de lo Penal va más allá de la cuestión de la fianza y discute el criterio del juez instructor. No es la primera vez que entre una y otra instancia hay disparidad frontal. de criterios en la instrucción del caso De la Rosa.
La inculpación de Prado en el caso gira en torno a una operación de venta de unos terrenos de la sociedad Expovillas -en manos del embajador- a Grand Tibidabo y que, según los investigadores, pudo suponer un perjuicio para Grand Tibidabo en torno a los 900 millones de pesetas. Esta conclusión fue deducida por el juez y el fiscal de un dictamen pericial aportado por un agente de la propiedad inmobiliaria de Sevilla. El in forme lo efectuó Julio Ricca Salvador a instancias de la sociedad supuestamente perjudicada, Grand Tibidabo.
La Audiencia niega que ese informe sea prueba suficiente para incriminar un delito a Prado: "Dicho dictamnen carece de trascendencia probatoria alguna por haberse realizado con absoluto olvido de ( ... ) los principios de contradicción". La sala que ha dictado la resolución mantiene un criterio estable, no sólo en el caso De la Rosa, de la necesidad de practicar más de un informe pericial sobre el asunto de que se trate para respetar el principio de contradicción que fija la ley.No hay indiciosEn el auto que anula la fianza, los jueces. añaden que esta situación ha generado indenfensión para Prado y que, además, la cuestión de valoración de los terrenos es "susceptible de plurales lecturas". La resolución de la Audiencia da la razón al recurso planteado por la defensa de Prado que, entre otras cosas, aportaba datos de registro sobre la valoración de los terrenos y también sobre hipotecas concedidas con la misma garantía.
Sin llegar a decir textualmente que no existen pruebas contra Prado de la supuesta apropiación y falsedad, la Audiencia desarrolla una argumentación en la resolución que, por lo menos, lo sugiere: "Procede necesariamente la estimación del recurso interpuesto y ello sin prejuzgar la existencia o no de posibles indicios racionales de criminalidad que puedan resultar en el futuro contra Don Manuel Prado y Colón de Carvajal".
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