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LOS 'PAPELES DEL CESID'

Varapalo a Garzón en su conflicto con Defensa

Sala consiguió la unanimidad del tribunal en una sentencia totalmente favorable a Pertierra

Brutal varapalo a Garzón. Así resumía ayer un magistrado la resolución del Tribunal de Conflictos de Jurisdicción, que se ha pronunciado unánimemente a favor de las tesis del ministro de Defensa, Gustavo Suárez Pertierra, declarando que el juez carecía "claramente" de competencias para reclamar documentos oficiales secretos en su investigación sobre la guerra sucia contra ETA. Pascual Sala, presidente del Tribunal. Supremo y de la Sala de Conflictos, obtuvo ayer un resonante éxito al conseguir que los magistrados discrepantes se sumaran a su postura para limitar el poder de los jueces en la investigación de delitos. Sala, no obstante, no quiso comentar la sentencia con los periodistas, sino que se limitó a responder que la resolución hablaba por sí sola.

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La decisión produjo satisfacción en Defensa y en otros departamentos ministeriales, así como entre los abogados defensores de algunos de los implicados en el caso GAL. También produjo preocupación en algunos medios jurídicos , especialmente en la Audiencia Nacional, donde se llegó a comentar que la sentencia legitimaba la razón de Estado. Izquierda Unida la criticó y propuso reformar la Ley de Secretos Oficiales.Garzón, probablemente, no podrá obtener ya los documentos del Cesid que reclamaba, si bien ayer los solicitó de nuevo siguiendo la vía que le ofrecía en su sentencia el Tribunal de Conflictos, elevando una exposición razonada al ministro Pertierra. Este camino también podría ser intentado por el juez instructor del caso GAL en el Tribunal Supremo, Eduardo Móner, si quiere que los documentos constituyan prueba en la causa principal.

El procedimiento establecido en la sentencia señala que si un juez considerase necesarios para la investigación los documentos, clasificados como secreto oficial no podría imponer al ministro de Defensa su entrega, sino que tendría que dirigirse a él, a través de una exposición razonada, para que el ministro la trasladase al órgano competente para clasificar y desclasificar documentos, que es el Consejo de Ministros. El Gabinete en pleno valoraría los intereses en juego, principalmente el de la seguridad del Estado -el tribunal recuerda que al Gobierno le corresponde la interpretación exclusiva de esa materia- y decidiría en consecuencia. Pero, en el caso de que el Consejo de Ministros acordase no entregar los documentos, ningún juez, ni el Supremo, podría instarle a hacerlo.

Restricciones

La sentencia declara que la Constitución y otras leyes como la del Poder Judicial y la de Enjuiciamiento Criminal restringen el acceso a determinados medios de prueba y que ello no supone la "creación de espacios de impunidad para ciertos comportamientos delictivos ni de exención para las administraciones públicas del deber de denunciar y perseguir los delitos de que tuvieren conocimiento". La sala compara las limitaciones en la investigación de delitos provocadas por los documentos de los servicios secretos con las que produce el secreto de confesión sacerdotal, el secreto profesional de abogados o el derecho a no declararse culpable.El tribunal precisa que en países del entorno -Alemania, Francia, Italia y Reino Unido- también se utiliza la técnica del secreto para evitar que se conozcan determinadas materias que se consideren sensibles para la seguridad del Estado o para la protección de las fuentes e instrumentos de los servicios de inteligencia.

El varapalo a Garzón viene recogido en el quinto fundamento jurídico. "La inobservancia de las prevenciones legales específicas en materia de secretos oficial es respecto de la obtención de determinados instrumentos probatorios por el juez de instrucción, que, por sí y ante sí, -y careciendo claramente de competencia, para ello- interpreta cuándo se dan las condiciones establecidas por la ley para que pueda resultar efectiva la protección de las tan repetidas materias clasificadas, o si merecen o no ser calificadas de secreto oficicial o aportadas a un determinado proceso, y el empleo de requerimientos conminatorios para obtener su entrega, constituye una invasión de esferas competenciales propias de la Administración y procedimiento inadecuado cuyo conocimiento puede ser reclama do por la misma". En medios de la Audiencia señalaron que Garzón no discutía la competencia del Gobierno para clasificar documentos sino que pedía que colaborase con él. Según estos medios, la sentencia legitima la razón de Estado al permitir zonas opacas a la investigación de los delitos. El ámbito de impunidad que se concede al Ejecutivo es amplio, subrayan, Estos medios recordaron que la dimisión de Richard Nixon en el caso Watergate no se habría producido si el ex presidente de EE UU no hubiera entregado las grabaciones magnetofónicas que le comprometían.

Doctrina del Supremo

Otras fuentes jurídicas destacaron que la sentencia ha arrasado toda la doctrina de la Sala Segunda del Tribunal Supremo establecida hace ahora un año con ocasión de la investigación de lo fondos reservados y en la que se señalaba que los funcionario públicos tenían la obligación de colaborar con los jueces y que no podían escudarse en el secreto cuando se investigaban delitos. Esa doctrina permitió el avance de varios sumarios célebres como el de las escuchas del Cesid, el de los fondos reservados, el caso Roldán. La sentencia afectará, además, a las investigaciones de las muertes de Mikel Zabaltza y de Lucía Urigoitia.Esta es la segunda vez que decisiones de tribunales superiores, limitan aspectos de la investigación de Garzón sobre los GAL. La primera se produjo en 198 cuando la Audiencia Nacional negó al juez la posibilidad de seguir investigando el uso de los fondos reservados de Interior, la financiación de acciones , guerra sucia contra ETA. Hasta el año pasado el Supremo no autorizó esta investigación.

La resolución del Tribunal Conflictos de Jurisdicción se alcanzó sin que los magistrados discrepantes suscribiesen votos particulares. Si bien todos eran partidarios de dar la razón a Ia defensa, al menos dos, un magistrado y un consejero de Estado, según fuentes próximas al tribunal habían expuesto puntos de vista contrarios a las limitaciones del poder de los jueces de instrucción en la investigación de los delitos que pretendía Sala.

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