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Conde y Moreiras vs. García-Castellón

El Supremo estudiará mañana el recurso por el cual el ex banquero impugna al juez del 'caso Banesto'

La Sala Tercera, sección primera, del Tribunal Supremo se ocupa de estudiar las demandas contencioso-administrativas que exigen la protección jurisdiccional de los derechos fundamentales de la persona. En este caso, Mario Conde, Enrique Lasarte, Arturo Romaní, César de la Mora, Vicente Figaredo y Antonio Sáenz de Montagut, ex ejecutivos de Banesto presentaron los pasados 28 de abril y 25 de mayo dos recursos.El primero solicitaba la suspensión del juez García-Castellón como "medida cautelar", mientras se sustanciaba el segundo recurso, sobre la presunta violación del derecho fundamental al juez ordinario predeterminado por la Ley (artículo 24.2 de la Constitución). Según ese recurso, de 28 de abril, una decisión de la Sala Tercera en el sentido de suspender a García-Castellón no supondría ningún perjuicio para el interés general, "ya que las causas [Banesto entre otras] pasarían a ser dirigidas por quien legalmente tiene encomendada la sustitución en tales su puestos [el juez Moreiras]".

El 1 de junio pasado, la Sala Tercera desestimó el recurso. Tanto el informe elevado al Supremo por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) como el ministerio Fiscal y el abogado del Estado, se oponían al recurso, precisamente por la "existencia o posibilidad de perjuicio grave para el interés general".

Los siete integrantes de la Sala Tercera (presidente, Ángel Rodriguez García; magistrados, Pablo García Manzano, José María Ruiz-Jarabo, Juan García Ramos, Carmelo Madrigal, Enrique Cancer y Mariano de Oro Pulido) estimaron que no compartían la opinión de los recurrentes, según la cual la suspensión cautelar no causaría perjuicio al interés general por el hecho de que las causas penales en curso, en el juzgado 3 de la Audiencia Nacional, pasarían a ser dirigidas por el juez titular.

No era difícil saber por qué. "No puede olvidarse -decia el auto- que el acto impugnado no se limiúta ni se circunscribe a facultar al magistrado sr. García-Castellón para continuar la tramitación de la causa penal en la que aparecen implicados los recurrentes, sino que le faculta para la fase instructora de múltiples causas, que no guardan relación alguna con la que se sigue a los recurrentes, en las que existen otros implicados que no han impugnado aquél y cuya suspensión no puede afirmarse sería favorable a sus derechos e intereses, tan dignos de protección como los de los recurrentes, que obviamente pueden quedar afectados por la sentencia de fondo que en su día se dicte en el presente recurso". Los magistrados expresaron, al desestiman el recurso, que las afirmaciones vertidas en el auto "en absoluto prejuzgan el contenido de la sentencia que en su día pueda dictarse a la vista de la demanda y demás alegaciones de las partes". Esa es la sentencia que van a pronunciar, si el calendario se cumple, mañana lunes 23. El abogado Mariano Gómez de Liaño, que ha firmado los escritos de Conde y sus colaboradores, sostiene que los nombramientos de García-Castellón en el juzgado número 3, primero como adscrito y después como juez de apoyo, carecieron de cobertura legal y tuvieron lugar como parte de una operación para sustraer al juez legítimo, Miguel Moreiras, la causa. La entrada de García-Castellón habría sido, según esa versión, prevista para que tuviera poder sobre la querella de la, Fiscalía de la Audiencia Nacional y el caso Banesto. El Servicio Jurídico del Estado y el CGPJ rebaten todos los argumentos de esta "conspiración judicial".

Con todo, el aspecto más sugestivo de esta historia se refiere al juez Moreiras. Fue él quien, el 30 de septiembre de 1994, elevó un informe al presidente de la Audiencia Nacional, Clemente Auger, en el que solicitaba el nombramiento de García-Castellón. Decía Moreiras: "En la última estadística remitida al CGPJ ya se indicaba la existencia de 305 deiligencias previas pendientes ( ... ) hay que resaltar la complejidad de cada uno de estos asuntos, que en ocasiones se componen de centenares de piezas e implicados ( ... ) Por la naturaleza de los delitos perseguidos en todos ellas es necesario recibir declaraciones a centenares de personas ( ... ) ello demuestra la dificultad para el que suscribe de poder realizar con la mínima diligencia y sin enormes dilaciones el despacho de los asuntos".

Pero el juez titular fue modificando su opinión. La razón, según asegura, fue la normalización de los asuntos en el juzgado número 3. La verdad: quería a toda costa el caso Banesto. Sus puntos de vista han ido coincidiendo, de manera creciente, con la defensa de Mario Conde. Ya con ocasión de la renovación del mandato de García-Castellón, el 25 de abril de 1995, Moreiras se opuso en un escrito al CGPJ. Ante la decisión de que el asunto se elevase a pleno, a propuesta del vocal Javier Gómez de Liaño, el juez Móreiras, lanzaba una advertencia que ya había sido recogida en el recurso de Conde ante el Supremo, de 28 de abril.

El 2 de mayo, un día antes que el pleno del CGPJ analizara la renovación de García-Castellón, Moreiras le advirtió: "Que como quiera que el informe del juez titular del juzgado no ha sido seguido por la comisión permanente [que había renovado a García-Castellón el 25 de abril] el compareciente debe insistir ante el pleno que, en el caso de que la comisión de servicio acordada, no se cumplen los requisitos legales establecidos por ley de 8 de noviembre de 1994 para el nombramiento de jueces de apoyo y, por el contrario, la medida adoptada es suceptible de ser considerada inconstitucional al afectar a la exclusividad de la función jurisdiccional del juez titular a que se refiere el artículo 117 de la Constitución". Si tanto le preocupa la Constitucional, ¿por qué no pensó en ella Moreiras antes, cuando pidió el nombramiento de García-Castellón?

El apoyo entre Moreiras y Conde surge de los escritos de, uno y otro. No es coincidencia. Están de acuerdo: el caso Banesto debe ser instruido por Moreiras. Hay que dejar K. O. a García-Castellón.

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