EI Supremo rechaza las alegaciones del juez Estevill para aplazar su antejuicio
La Sala Segunda del Tribunal Supremo verá definitivamente el antejuicio contra el consejero del Poder Judicial Luis Pascual Estevil próximo 11 de julio, para decidir si admite a trámite una querella interpuesta contra él en la que se le acusa de un delito de prevaricación presuntamente cometida cuando era juez de instrucción de Barcelona.
Los magistrados han rechazado un recurso de súplica de Estevill en el que alegaba que la celebración de su antejuicio el 11 de julio podría perjudicar la elección del presidente de la Sala Segunda del Supremo, prevista para el día siguiente, 12 de julio y en la que el consejero debe participar.El vocal Pascual Estevill adujo que la votación podría resultar afectada debido a que, precisamente, los miembros que componen la Sala Segunda son quienes van a decidir sobre la admisión o inadmisión de la querella y uno de ellos puede convertirse en presidente de la Sala por decisión del Pleno del Consejo.,
La resolución del Tribunal Supremo rechaza los argumentos del vocal del Poder Judicial porque ninguno de los magistrados que deben pronunciarse sobre el antejuicio, Ramón Montero, Eduardo Moner y José Antonio Martín Pallín, han solicitado la presidencia de la Sala, "por lo que en absoluto les afecta, ni directa ni indirectamente, el re tado de la votación".
El Supremo subraya que en el supuesto de que se admitiese la querella, ello no lleva aparejado la imposibilidad de cual Estevill para concurrir votación. Los magistrados dan que aunque admitiese querella, no es de su compete una eventual suspensión de cual Estevill en el ejercicio cargo. La posible suspensión correspondería acordarla al Con General del Poder Judicial.
Además, el auto del Supremo señala que el 11 de julio Podrá celebrarse sólo la prueba testical acordada y la vista del a juicio puede trasladarse a otra lucha posterior.
Luis Pascual Estevill se enfrentará el día 11 a una querella por prevaricación interpuesta por Enrique Marugán, que acusa de modificar injustamente su condición de testigo de proceso por la de imputado, debido a antiguas desavenencias.
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