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La Policía Local sólo multa por no llevar cinturón si se comete otra falta

Pasar del cinturón de seguridad en Madrid (obligatorio desde junio de 1992) sólo acaba en multa cuando el conductor ha incurrido en otra infracción. En 1994 la Policía Local impuso una media de siete multas diarias por evitar el cinturón, en total 2.356 sanciones hasta noviembre. El concejal de Seguridad y Policía Municipal, Carlos López Collado, explica que las órdenes que ha dado a los agentes es que se multe por no llevar cinturón cuando ya se ha cometido alguna otra infracción; por ejemplo, exceso de velocidad."Si la Policía Municipal se dedicase a parar y denunciar a todos los coches en los que algún ocupante no lleva el cinturón, no harían otra cosa", explica López Collado. Así que a la multa mínima de 15.000 pesetas por circular a más velocidad de la permitida se pueden sumar otras 3.000 pesetas por no llevar abrochado el cinto. Eso sí, si se paga al momento, el infractor se beneficia de un descuento del 20%.

El Reglamento de Circulación que entró en vigor en junio de 1992 obliga a abrocharse el cinturón a todos los ocupantes de los vehículos de cuatro ruedas en cualquier situación (en ciudad y en carretera). Los viajeros de los asientos traseros deben ponerse el cinto también si el coche dispone de ellos. Por eso no basta con anotar la matrícula del coche, hay que parar el vehículo y multar a cada uno de los infractores.

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