Protección al consumidor
Hace varios meses llevé a un establecimiento de tintorería un chaquetón de mi propiedad. Por error, negligencia o accidente, dicha prenda quedó deteriorada hasta resultar inservible, sin que los propietarios del establecimiento aceptaran indemnizarme por ello. Hasta aquí, todo normal: uno más de los innumerables casos de este tipo que ocurren a diario.Pero lo asombroso viene a continuacion: confiada en las apelaciones a la conciencia cívica del consumidor, me dirigí a la Subdirección General de Protección al Consumidor de la Comunidad de Madrid y formulé allí una reclamación contra la tintorería. Meses después -sin que se me hubiera requerido ninguna información complementaria ni solicitado mi presencia en ningún acto. de conciliación- recibí una carta de dicha subdirección general comunicándome que mi denuncia había sido desestimada. Como en la carta no se alegaba ninguna razón, llamé por teléfono y me explicaron que, "hechas las oportunas comprobaciones y oída su asesoría jurídica", no habían hallado motivo justificado de reclamación.
Bien. Resignada, acudo a la tintorería para recoger! lo que quedaba de mi chaquetón y el empleado se niega a devolvérmelo porque, según él, nadie se había personado allí para verificar el estado de la prenda, en ningún momento habían sido requeridos para ningún tipo de inspección y, claro está, no habían recibido ninguna comunicación sobre el trámite de mi denuncia. En resumen, que la Subdirección General de Protección al Consumidor no había hecho nada.
Resulta curioso pensar en las campañas informativas que se hacen para que los consumidores tomemos conciencia de nuestros derechos. ¿Para qué sirven si, cuando nos decidimos a reclamarlos, la desidia, la incompetencia o la desvergüenza de quienes está obligados a tutelarlos nos demuestran que es inútil?-
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