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La letra pequeña del reglamento

Numerosos artículos de la normativa de la Federación de Fútbol se incumplen

El Comité de Competición sanciona a Valdano por un mes; el de Apelación, le perdona. Un mismo hecho objetivo, el de alinear indebidamente a un jugador, es interpretado subjetivamente de manera opuesta por estos dos organismos disciplinarios. Los estatutos y el reglamento de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) son un cajón lleno de sorpresas. Un repaso de los mismos permite descubrir discriminaciones de sexo, artículos ininteligibles, otros que sistemáticamente no se cumplen o cómo Clemente es quien propone que Sevilla deje de ser sede de la selección.Discriminación de sexo

Artículo 1.5: "La RFEF no admite algún tipo de discriminación, por ella o por sus miembros, por razón de nacimiento, raza, sexo, opinión..." El libro XVIII, art 14.2, que trata de los "honores y recompensas" establece que el jugador que sea tres veces internacional recibirá la credencial de futbolista internacional, qué permite el libre acceso a los campos de fútbol, pero en el caso de que se trate de una jugadora, tendrá que ser veinte veces internacional.

Indemnización al lesionado

Art 78: "Cuando de la comisión de una falta resulte daño o perjuicio económico para el ofendido, el responsable de aquella lo será también de indemnizarlo".

Arbitros que se equivocan

Art 124.1: "El árbitro que, con notoria falta de diligencia, redacte las actas describiendo las incidencias de manera equívoca u omitiendo en las mismas hechos, datos o aclaraciones esenciales para el posterior enjuiciamiento ( ... ) será sancionado por tiempo de dos a cuatro meses". En la jornada cuarta, Gómez López expulsó a Rivas; en la sexta, Rubio Valdivieso, a Pochettino, y en la octava, Andradas, a Moya. En los tres casos, el Comité de Competición apreció que las actas recogieron las incidencias de manera equívoca y no sancionó a los jugadores; los árbitros tampoco fueron sancionados.

Artículo ininteligible Art 151.1: "Será impreterible [impreterible no existe; preterir: hacer caso omiso de una persona o cosa] en todo procedimiento, antes de dictar resolución, el trámite de audiencia a los interesados, para evacuar [¿evaluar?] el cuál serán emplazados, otorgándoles un término máximo de diez días hábiles, con traslado del expediente''. Médico de guardia

Libro XI, art 7.f [sobre las obligaciones de los clubes]: "( ... ) contratar los servicios de un profesional de la medicina que, adscrito a su plantilla, tendrá como funciones específicas, además de las que se le pudieran exigir por parte del club, estar presente y de servicio durante el transcurso de los partidos, entrenamientos...

Los deudores no pueden fichar

Libro XII, art 12.1 "No se expedirá ninguna clase de licencia de futbolistas, ni se aceptarán renovaciones de éstas, a los clubes que tengan deudas pendientes con personas físicas o jurídicas...". Responsable en las sustituciones

Libro XIII, art 16.41 [sobre las funciones del cuarto árbitro]: "Intervenir, como responsable, en la eventual sustitución de los jugadores durante el encuentro". Número en los pantalones

Libro XVII, art 13.2: "Idéntica numeración [la de la camiseta] deberá figurar tanto en la parte delantera como en la posterior de cualesquiera prendas deportivas que utilicen los jugadores".

Clemente propone la sede

Libro XVIII, art 5. 2: "El seleccionador nacional tiene la exclusiva competencia para designar a los futbolistas de la selección absoluta ( ... ), y proponer, en informe razonado, el terreno de juego que considere más apropiado para la celebración del partido internacional de que se trate".

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