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La fiscalía no recurrirá la excarcelación de Amedo, pero critica el método y pide reformas legales

La concesión del tercer grado penitenciario a los ex policías José Amedo y Michel Domínguez no será recurrida por el ministerio fiscal, al haberlo decidido así el fiscal general del Estado, Carlos Granados, tras consultar a la Junta de Fiscales de Sala del Tribunal Supremo, que se pronunció en contra del recurso. Por un estrecho margen de tres votos, los fiscales apreciaron que la concesión del tercer grado no vulnera ningún precepto legal, pero expresaron su preocupación por el vigente sistema penitenciario, que "puede vaciar de contenido punitivo a las penas privativas de libertad". La decisión de la fiscalía refuerza la posición del ministro de Justicia e Interior, Juan Alberto Belloch, en su próxima comparecencia ante el Congreso.

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Los fiscales del Supremo votaron nueve a seis en contra del recurso y Granados , como había adelantado, hizo suyo el acuerdo de la mayoría. Sin embargo, el contenido del acuerdo de la Junta y el estrecho margen de la votación indican el malestar de los fiscales al no poder impugnar la semilibertad de los ex policías, apenas dos semanas después de haberse opuesto al indulto. La Junta deja entrever que la concesión del tercer grado no ha gustado a los fiscales, pero, al no encontrar un resquicio solvente para impugnarla, han tenido que conformarse con proponer reformas que en adelante les permitan un mayor campo de actuación en el ámbito penitenciario. Amedo y Domínguez cuentan ya con vía libre para acudir a la prisión solamente a pernoctar, ya que la acusación popular del caso Amedo, principal artífice de las condenas a los ex policías, no tiene legitimación activa para recurrir la decisión penitenciaria.

Tras dos horas de reunión, Granados dio lectura del acuerdo de la Junta de Fiscales en el que se explica que, en el marco normativo vigente, la resolución administrativa del tercer grado "no puede ser combatida desde un punto de vista técnico-jurídico, porque no se constata la vulneración concreta de ningún precepto del ordenaniento, ni de ningún otro". "Un hipotético recurso contra lo resuelto por el órgano competente de la Administración penitenciaria no podría fundarse en motivos de estricta legalidad, porque ésta no ha sido conculcada", añaden.

No obstante, la Junta "expresa su preocupación" por diversos aspectos del sistema vigente y señala que por diversos mecanismos de la. legislación penitenciaria -en relación con algunas disposiciones del Código Penal- se pueden vaciar de contenido punitivo las penas de prisión y pide "una profunda reflexión" a la vista del nuevo Código Penal y de una eventual reforma de la legislación penitenciaria.

Añaden que si la potestad de ejecutar lo juzgado corresponde exclusivamente a los jueces y tribunales, "habría que robustecer su protagonismo en materia penitenciaria, lo que aconseja una modificación legislativa, que tenga presente también la intervención del ministerio fiscal, hoy desconocido por completo en la Ley General Penitenciaria". Los fiscales consideran "urgente" esta modificación legislativa, que piden se extienda al procedimiento, ya que en la actualidad no se les notifican todas las resoluciones sobre clasificación inicial o progresiones, o regresiones de grado de los presos.

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La Secretaría de Estado de Asuntos Penitenciarios hizo público ayer un comunicado en el que subraya que la decisión de los fiscales "evidencia" que la resolución sobre Amedo y Domínguez "se tomó en la estricta aplicación de la legislación penitenciaria" y constata "el normal funcionamiento de las instituciones del Estado".

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