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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

El jurado que viene

LA EXISTENCIA de un borrador de Ley del Jurado en manos del ministro de Justicia constituye, sin duda, un hecho digno de resaltar. Y lo es porque se produce cuando se cumplen 15 años de incumplimiento del mandato constitucional que da luz verde a esta figura de participación popular en la Administración de jus ticia, 11 de olvido de uno de sus primeros compromisos electorales por parte del partido socialista gobernante y 8 de inobservancia del plazo de un año fijado por la Ley Orgánica del Poder Judicial de 1985 para el envío al Parlamento del proyecto legislativo que introdujera el jurado en el proceso penal. El que estos mandatos, promesas y plazos ignorados durante tanto tiempo sean tomados en cuenta tiene un valor político indudable, al margen del contenido material del borrador -obviamente muy provisional- que en estos momentos está en poder del ministro de Justicia. La existencia misma del borrador supone una ruptura con la parálisis o impotencia -presentada como prudencia política- que ha caracterizado la actitud de los anteriores ministros de Justicia socialistas ante la cuestión. También muestra la falacia de algunos de los argumentos dados para posponer una y otra vez la implantación del jurado. El que condicionaba su introducción a la previa reforma del conjunto de las leyes procesales ha saltado por los aires con la decisión del ministro Belloch, anunciada en su primera comparecencia en el Congreso en octubre pasado, de abordar simultáneamente ambos objetivos. No tenía sentido desvincular el jurado, parte integrante del proceso, de cualquier proyecto pretendidamente serio de reforma del sistema procesal. Salvo que fuera otro pretexto para demorar su implantación.

En todo caso, y por lo que se conoce de su contenido, el borrador muestra unos criterios excesivamente restrictivos sobre los delitos que deben ser sometidos a la consideración del jurado. Es cierto que el borrador se inclina resueltamente a favor del jurado puro, formado exclusivamente por ciudadanos, una vez superadas las dudas existentes en el Gobierno durante años entre esta fórmula y la del escabinado o jurado mixto, formado por jueces profesionales y legos. Pero sería incongruente, incluso demagógico, reivindicar el jurado puro para luego restringir en la práctica su jurisdicción.

De momento, el catálogo de delitos atribuidos al futuro jurado. se queda corto. El homicidio en todos sus tipos; el tráfico de influencias y los cometidos por funcionarios son delitos, que, al afectar de manera directa a la sociedad, merecen el veredicto de los ciudadanos. ¿O no es mejor que en los dos últimos supuestos sean los administrados quienes juzguen a los administradores, y no que éstos se juzguen entre sí, con el riesgo de que su juicio quede desvirtuado por compromisos de poder o por simpatías endogámicas? En la línea trazada por el borrador todavía se puede avanzar un buen trecho. Se deja incomprensiblemente fuera el delito de violación, cuando es evidente el alejamiento de la mentalidad judicial del sentir mayoritario de la sociedad sobre esta gravísima agresión sexual. Nada se dice tampoco de los delitos relacionados con el ejercicio del derecho de información, en contra de la común opinión que considera al jurado más legitimado que un tribunal profesional para pronunciarse sobre estos delitos.

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Luego hay un aspecto -el amplio protagonismo dado a los jueces técnicos en el control del proceso previo a la emisión del veredicto por el jurado- que será positivo o negativo, según se ejerza. Positivo si sirve para reforzar las garantías procesales, pero perturbador de la función del jurado si deriva en condicionante que reste espontaneidad e independencia a su veredicto.

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