¿Qué permisos?
EL TRIPLE asesinato de Alcàsser ha sido el catalizador de la alarma social producida por los hechos delictivos gravísimos cometidos o atribuidos a presos fugados mientras disfrutaban de un permiso carcelario. Algunas de las propuestas barajadas para evitar ese riesgo han sido constitucionalmente disparatadas (apartar al juez de la concesión de los permisos) o políticamente inviables (suprimirlos en su generalidad). Ahora comienza a delimitarse el tema con más rigor y a proponerse fórmulas más interesantes.El problema es que en ocasiones, bien por la dificultad que entraña diagnosticar con certeza el grado de riesgo de determinadas conductas delictivas, bien porque el diagnóstico se hace de forma burocrática y sin un examen en profundidad de la personalidad del recluso, se conceden permisos que culminan en fugas, o, lo que es más grave, en la comisión de nuevos delitos. La solución estaría, pues, en mejorar el funcionamiento de los equipos de tratamiento (criminólogos, psicólogos, pedagogos, psiquiatras, endocrinólogos y sociólogos) y, en general, de todos los mecanismos por los que los expertos emiten sus informes, sobre los que, en general, se fundamenta la decisión de los equipos de régimen interior de las cárceles (administración penitenciaria), y, en última instancia, la de los jueces de vigilancia penitenciaria.
La propuesta unánime del Parlamento al Gobierno para que reforme la Ley General Penitenciaria parece ir en esta línea: aportar a los equipos de tratamiento nuevas referencias criminológicas (naturaleza del delito, duración de la pena y circunstancias personales del recluso) que les ayuden a reforzar la verosimilitud del diagnóstico. Y en ella parece moverse también el baremo o tabla establecido recientemente en las cárceles por la administración penitenciaria para predecir los riesgos de comportamiento del recluso en libertad. Sin embargo, esta especie de tabla predictora no puede sustituir la decisión científica que deba adoptarse en cada caso concreto. Sería un factor desencadenante de errores del tipo de los que se pretenden evitar. ¿Por qué razón un preso extranjero va a comportarse, por principio, peor que uno nacional, o uno que no tenga familia peor que otro que la tenga, o uno que tenga su domicilio a más de 400 kilómetros de la cárcel peor que uno que lo tenga más cerca?
Es obvio que esta tabla de variables de riesgo sólo tiene sentido si se la utiliza como una herramienta orientativa a la hora de estudiar las circunstancias que concurren en un recluso para concederle, o no, un permiso. Si se trata de evitar el automatismo en la toma de decisiones, causa al parecer de la mayoría de los fallos, habrá que usar con el máximo tiento un baremo que parece responder más a criterios administrativos que penitenciarios. La rutina puede hacer que el remedio sea peor que la enfermedad.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.