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Supremo revoca una sentencia absolutoria para dos etarras

La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha condenado a los etarras José Luis Muñoz Gutiérrez, alias Txebis, y Mikel Beloqui Iribar a seis años y un día de prisión por colaboración con ETA. La sentencia del Supremo revoca la dictada hace ahora un ano y medio por la Audiencia Nacional en la que se absolvía a los dos etarras y se ordenaba su puesta en libertad. La sentencia de la Audiencia Nacional fue calificada de insólita por instancias judiciales.

Txebis y Beloqui proyectaron sacar de la cárcel en un helicóptero a uno de los etarras más sanguinarios del comando Madrid, José Ignacio de Juana Chaos, y recibieron del máximo responsable de ETA, Francisco Múgica Garmendia, Pakito, 2,8 millones de pesetas para poner en práctica el plan, pese a lo cual salieron en libertad tras ser juzgados.

El plan inicial consistía en liberar a José Ignacio de Juana de la cárcel de Herrera de la Mancha (Ciudad Real) con un helicópero alquilado y camuflado con distintivos de la Cruz Roja, para después huir a Portugal en una lancha Zodiac a través del río Guadiana. La Audiencia Nacional consideró que estos hechos, en vez de un delito de colaboración con banda armada, constituían uno de evasión de presos en grado de tentativa, y al no haber acusado el fiscal por este delito, los magistrados decretaron la absolución y pusieron en libertad a los procesados.

Fiscales indignados

La absolución provocó la indignación de los fiscales de la Audiencia Nacional, que emitieron una nota reprobatoria en la que dijeron "compartir el desánimo de las Fuerzas de Seguridad del Estado que abortaron la posible fuga de un elemento tan peligroso y que tantas víctimas ha causado".Los fiscales dijeron entonces que la absolución "no tenía sentido" y se quejaron de que la sentencia les fuese notificada una semana después de que los acusados fueran puestos en libertad. Fuentes del Consejo del Poder Judicial calificaron la sentencia de "asombrosa".

Ahora, el Tribunal Supremo ha revocado la sentencia de la Audiencia Nacional y ha condenado a Muñoz Gutiérrez y a Beloqui a sendas penas de seis años y un día de cárcel. Según el Supremo, la solicitud de colaboración en la liberación de un preso integrante de una banda armada es, por sí, un hecho típico de la colaboración.

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El alto tribunal ha mantenido la absolución de una tercera procesada, Iñake Cortaffl, que alquiló el garaje donde estuvo oculta la lancha zodiac.

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