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El juez Barbero rechaza que el registro al Banco de España perjudicase a las finanzas del Estado

El instructor del caso Filesa, Marino Barbero, ha rechazado que el registro que practicó el pasado 11 de noviembre en el Banco de España en busca de los datos de una cuenta del PSOE en Aresbank causase "perjuicios irreparables" a esta institución y "quizás a los intereses financieros del Estado" al haberse publicado en la prensa extranjera, tal como afirmó el fiscal general del Estado, Eligio Hernández, en su recurso contra dicho registro. El juez Barbero señala que es al fiscal a quien corresponde investigar la publicación en la prensa del registro del Banco de España, "al igual que otras vulneraciones del secreto de la causa".

En su recurso contra el registro, el fiscal del Estado se cuestionaba si la medida no habría producido una "grave lesión para la credibilidad pública de la máxima institución financiera del país" debido a la repercusión pública alcanzada "incluso en el plano internacional, ya que se ha publicado en la prensa extranjera". Para el fiscal del Estado, los "perjuicios irreparables" para el banco emisor y "quizás para los intereses financieros del Estado" se habrían evitado fácilmente si el magistrado Barbero hubiese cumplido el artículo 564 de la ley de Enjuiciamiento Criminal. Dicho precepto establece que los registros de edificios públicos deben ir precedidos de un oficio del juez a la autoridad o jefe de aquéllos.Según el fiscal, "es seguro que si el juez hubiese cumplido este precepto, el Banco de España hubiese remitido voluntariamente todos los documentos que se solicitaban". El fiscal recuerda que la entrada y registro tienen por objeto practicar una detención o "asegurar el cuerpo del delito". Para Eligio Hernández, "no poner en conocimiento de la representación legal del Banco la existencia de ese cuerpo del delito "supone activar una duda social, de repercusiones internacionales, sobre la integridad de la primera institución financiera de España".

Barbero, en su informe a la Sala Segunda del Supremo, previo a la resolución del recurso por el alto tribunal, rechaza estos argumentos y se abstiene de "informar sobre la causación de perjuicios irreparables". En cambio, señala que corresponde al fiscal investigar, "y, con el mayor respeto, este instructor insta a que lo investigue", la publicación del registro en la prensa y otras vulneraciones del secreto de la causa.

Otro de los argumentos del recurso del Ministerio Fiscal fue que el registro del Banco de España se le notificó al día siguiente de realizado. "En otros términos, el fiscal conoció esa diligencia de prueba a través de los medios de comunicación", añadía. Marino Babero responde en su informe que la demora en la notificación se debió a "un simple error de secretaría" y replica que el fiscal nunca se ha interesado por las diligencias de entrada y registro a pesar de habérsele notificado.

Respecto a una posible indefensión por falta del oficio previo dirigido al gobernador del Banco de España, el magistrado ironiza: "El Ministerio Fiscal se ha olvidado de manifestar quiénes eran los indefensos. Evidentemente, no el Banco de España".

Barbero asegura que el registro del banco emisor fue "proporcional" porque "no puede depender en absoluto de una norma de cortesía, como el fiscal pretende". El magistrado sostiene que no se practicaron "inspecciones inútiles", sino "muy concretas y eficaces". Para Barbero, la proporcionaldiad depende de "Ios valores que entran en colisión" y en este proceso son "hechos de extraordinaria gravedad y complejos, y de excepcional trascendencia colectiva".

[El Tribunal de Cuentas estudiará en un pleno extraordinario de hoy la solicitud de cuatro de los consejeros del PP para que se les entregue fotocopia "de todos y cada uno" de los documentos contables del PSOE remitidos al juez Barbero.]

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