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Las regiones que cedan agua percibirán de las zonas secas el 20% de un nuevo canon de trasvase

Las regiones excedentarias de agua recibirán una parte aún no determinada de las nueve pesetas diarias en que se incrementará como me dia el recibo del agua cuando entre en vigor el Plan Hidrológico Nacional (PHN) cuya ejecución exigirá unas inversiones anuales de 80.000 millones de pesetas durante los próximos 20 años. Esta compensación saldrá de un canon especial que pagarán los habitantes de zonas receptoras de agua trasvasada. El PHN introducirá, además, en todas las nuevas facturas del agua dos tipos de canon -de utilización y de vertidos- para financiar las infraestructuras de depuración. El primero de ellos se fijará anualmente en la Ley de Presupuestos. El PHN será presentado al Consejo Nacional del Agua a principios de 1993.

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Las concesiones de uso privado serán renovadas

Las regiones donde sobra el agua recibirán en compensación por cederla un 20% de la recaudación obtenida al aplicar un canon de trasvase sobre las zonas que reciban el agua trasvasada. Esta indemnización es, junto al diseño de una trama de trasvases por toda España, una de las innovaciones del Plan Hidrológico Nacional, que contempla el agua por primera vez como un bien económico al que se le debe poner precio. Muy poca gente sabe ahora cuál es o debe ser.Para que los consumidores se vayan enterando, el PHN plantea introducir precios realistas y progresivos, que actúen con un triple objetivo: recaudar los 80.000 millones anuales para financiar el déficit de agua, estimado en 3,3 kilómetros cúbicos anuales, penalizar a quienes la despilfarran y costear la necesaria recuperación de su calidad.

Esta filosofía se traduce en la imposición de dos cánones a todos los usuarios, más otros dos muy específicos: el de ocupación y el de trasvases.

La base imponible del canon de trasvases se definirá en función del agua trasvasada en origen y su cuantía dependerá del uso del agua (regadío, abastecimiento, industria ... ). El 20% de los ingresos por esta recaudación irá a las arcas de la cuenca donante, y el resto, al llamado Organismo de Equilibrio Hidráulico, un ente autónomo que gestionará el agua en España como hace la Agencia Tributaría con los impuestos.

El canon de ocupación está concebido para cargarlo sobre aquellas empresas o usuarios que explotan económicamente el dominio público hidráulico. Su gravamen será del 4% sobre el valor de la base imponible. Cuando se trate de aprovechar materiales, como la extracción de graveras, la tala de árboles de las riberas, explotación de los pastos... la base imponible será el valor de estos materiales; si no se consumen, la base se calculará sobre el beneficio que se obtenga del uso del dominio público.

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Usuarios limpios y sucios

Los cánones aplicables a todos los usuarios sin distinciones son el de recuperación de calidad o vertido y el del uso del agua. Ambos se aplicarán conjuntamente en las facturas del agua para simplificar su cobro.El primero de ellos se calculará en función de unas cantidades mínimas de consumo en abastecimiento o usos industriales (véase el cuadro), pero no así en el caso de los regantes, los municipios con menos de 500 habitantes y las empresas hidroeléctricas, que quedan excluidos.

La base imponible de este canon es el volumen de consumo, aunque se le aplican correcciones. Cuando el agua tenga usos industriales se le aplicará un coeficiente multiplicador entre 1 y 4, mientras que para su uso come, refrigerante o en acuicultura los; coeficientes serán entre 0,001 y 0,0025. El consumo mínimo por usuario se fija en 4,5 metros cúbicos al mes.

Lo nuevo de esta carga son las, gratificaciones en forma de descuentos para usuarios limpios y el, castigo que impone a los sucios, por devolver el agua contaminada con residuos. El PHN dice que "Ios usuarios que reduzcan la contaminación del vertido por debajo de los límites autorizados mediante instalaciones de depuración individuales o colectivas tendrán una reducción de hasta un 70% del gravamen". Este descuento podrá llegar al 80% para usuarios que soporten cargas de depuración de sus comunidades autónomas y ayuntamientos respectivos. En poblaciones como Madrid (donde el 80% de sus aguas son recicladas), Barcelona, Bilbao o Sevilla, la repercusión de este canon será mínima, ya que lo soportan actualmente en sus recibos del agua.

Nadie escapará de pagar el canon de uso, excepto los titulares de pozos que extraigan menos de 7.000 metros cúbicos al año y los residentes en municipios con menos de 500 habitantes. Este canon es el más universal y el más complejo a la hora de cuantificarlo. Tanto es así que, para evitar polémicas, el MOPT ha descargado en las Cortes la decisión de fijarlo anualmente a través de la Ley de Presupuestos.

Este canon engloba dos conceptos: uno básico y otro específico, en función del uso que se hace de las infraestructuras sufragadas por el MOPT; de ahí que se excluyan de este último los ayuntamientos, diputaciones o empresas hidroeléctricas que hayan financiado sus propios embalses y conducciones.

El problema es calcularlo, ya que los grandes consumidores desconocen lo que gastan, carecen de instrumentos para medirla o nunca se han preocupado de hacerlo, dado que caía gratis del cielo. Los redactores del PHN han optado por aplicar como baremo el consumo medio de una ciudad de 50.000 habitantes. Su base imponible se aplicará sobre un mínimo de 1,4 metros cúbicos por habitante/mes, aunque no gaste una sola gota. A la industria, el 20% del derecho de concesión, y a las hidroeléctricas, los kilovatios/ hora equivalentes a la producción de 50 horas mensuales de potencia instalada. Estos mínimos se establecen con la intención de que los concesionarios de agua que no la usen se den de baja.

La suma de estos gravámenes supondrá un coste adicional de nueve pesetas/día en las facturas actuales, según reconoció el ministro José Borrell ante parlamentarios socialistas.

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