El Supremo anula la orden de cierre de un local de la iglesia evangélica
El Tribunal Supremo ha revocado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid por la que avaló la clausura con precinto, acordada por el Ayuntamiento de Madrid, de un local de la iglesia evangélica en avenida de Guadalajara. La sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de lo Contencioso-administrativo estima el recurso de la Iglesia evangélica por afectar a los derechos "dimanantes de la libertad religiosa".La orden municipal de clausura se justificó por ejercer la Iglesia evangélica sus actividades propias "sin previa licencia municipal de apertura", en aplicación del Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas y de Policía de Espectáculos y Actividades Recreativas.
El Supremo, a la vista de que la Iglesia evangélica es una entidad inscrita en el registro correspondiente del Ministerio de Justicia, considera que "las normas invocadas por la Administración municipal no sirven de válida cobertura al acto de clausura y precintado de un lugar de culto".
La sentencia del Tribunal Supremo recuerda: la libertad de culto es "un derecho fundamental ( ... ) y los tribunales debemos examinar con rigor máximo los supuestos en que se encuentra en Juego, para otorgar el amparo judicial". Razona que la sentencia apelada, a pesar de la "impertinencia" de la aplicación del referido reglamento, entendió posible someter a licencia la apertura del establecimiento de que se trata, con el pretexto de que el local era inicialmente una sala de reunión.
El Supremo considera que "es preciso rectificar tal apreciación, que no resulta admisible", dice, "e incide negativamente en la libertad de culto de la apelante". Agrega que "la precisión de si un local es o no lugar de culto corresponde a la propia entidad religiosa, que es titular del derecho a establecerlos con fines religiosos y, por consiguiente, del de manifestar cuáles son los que ostentan dicho carácter".
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
¿Tienes una suscripción de empresa? Accede aquí para contratar más cuentas.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.
Archivado En
Últimas noticias
Una fiesta ‘rave’ en La Sénia (Tarragona) reúne a un millar de personas desde Nochevieja
Mueren tres personas en el incendio de una vivienda en Madrid
Baleares y la Comunidad Valenciana lideran el interés por opositar, seguidas de Madrid y Cataluña
Enero llega con libros que impactan, emocionan y hacen pensar (y que no querrás perderte)
Lo más visto
- El vestido de Cristina Pedroche en las Campanadas 2025: un traje hecho con sus anteriores estilismos y en recuerdo a las personas con cáncer
- Campanadas 2025, de Pedroche a José Mota: baratas, escasas y recicladas
- Al menos 40 muertos por un incendio en el bar de una estación de esquí en Suiza
- Nuevas reglas de tráfico para 2026: los conductores que no señalicen con la baliza V16 serán multados
- Los cuatro puentes largos que hay en 2026 y el resto de festivos del calendario laboral




























































