Las cuentas del PSOE
En la portada y en la página 15 de EL PAÍS correspondiente al día 7 de octubre del presente año se publican sendos artículos con los titulares El PSOE no justifica 70 millones que dice haber pagado por una sede y El PSOE entregó 70 millones a la empresa de Aida Álvarez para pagar el alquiler de la sede electoral. Por último, en el diario del 8 de octubre de 1992, en su página 25, se incluye otro artículo con el titular El Tribunal de Cuentas no aclara el origen de los 96 millones de donaciones al PSOE.En el primer artículo de los citados, al manifestarse que "el PSOE no justifica 70 millones que dice haber pagado por una sede", se falta a la verdad de los hechos, ya que el abono de esos alquileres está plenamente justificado por este partido al haber pagado dichas cantidades a la empresa arrendadora del local, Distribuidora Expres 2020, como así queda acreditado de manera fehaciente en el informe de fiscalización elaborado por el Tribunal de Cuentas.
Tampoco el titular del artículo aparecido en el diario del día 8 dé los corrientes se corresponde con la verdad en la afirmación que contiene. El artículo 40 de la Ley Orgánica 3/1987, de 2 de julio, sobre Financiación de los Partidos Políticos, establece que éstos podrán recibir aportaciones privadas o donaciones siempre que reúnan unos determinados requisitos. Como resulta obvio de la simple lectura de lo expresado al respecto en el informe del Tribunal de Cuentas, las aportaciones citadas están dentro del marco legal establecido y no superan, con mucho, ninguna de las limitaciones contempladas en la ley. Secretario de Asuntos Sociales Económicos y Sindicales de la Comisión Ejecutiva Federal del PSOE.
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