_
_
_
_
_

El Constitucional te ampare

Contra todo pronóstico, al alto tribunal han recurrido sobre todo los ciudadanos de a pie

Aquella sentencia que declaraba constitucional la expropiación de Rumasa; la que justificó el derecho de los parlamentarios de Herri Batasuna a jurar la Constitución "por imperativo legal"; la que borró el escudo de Navarra de los emblemas de Euskadi; por no hablar de los centenares de dictámenes sobré conflictos de competencias entre el Gobierno central y las autonomías... Una radiografía completa de la transición descansa en los ordenadores del Tribunal Constitucional, creado en julio de 1980. Pero tanto poder, que justifica el ejercicio de orfebrería política en que se ha convertido la elección y la renovación de sus miembros, no ha asustado a los españoles de a pie, que son sus principales clientes.

Más información
Un arma arrojadiza entre los dos grupos mayoritarios

Nada menos que 16.843 recursos de amparo se han presentado ante el alto organismo desde 1980 hasta finales de 1991. Frente a los poco más de 1.400 asuntos políticos: recursos y cuestiones de incompatibilidad, conflictos de competencias o entre órganos constitucionales. Claro que estos temas de enjundia sólo pueden plantearlos el presidente del Gobierno, un mínimo de 50 diputados o senadores, el Defensor del Pueblo o lo propios jueces y tribunales.En cambio, al amparo se han acogido los más variados personajes. Desde el prófugo Emilio Hellín, involucrado en el asesinato de la joven Yolanda González, hasta el torero Rafael de Paula o un grupo crítico de ciudadanos partidarios del des-censo, es decir, de perder su calidad de electores, indignados por el Comportamiento del Gobierno español en la guerra del Golfo. Además de centenares de españoles pendientes de un desahucio o a punto de dar con sus huesos en la cárcel. Todos se agarran al Constitucional, después de haber agotado las instancias judiciales, como al último clavo ardiendo.

Tampoco hay que ser mal pensados, quizá todo se deba, como dice Miguel Ángel Montañés, secretario general del tribunal, "a la confianza que los ciudadanos han puesto en esta institución. Incluso en términos coloquiales, es curioso, porque la gente no dice tanto esa expresión de 'no hay derecho', sino 'esto es inconstitucional".

Y es que el Constitucional es, en cierto sentido, el buque insignia de la justicia española. Emanado de la Constitución, se rige por ley orgánica y el sistema de elección de sus magistrados, -fijado en la Constitución- por un periodo máximo de nueve años, no deja lugar a dudas sobre la importancia política del cargo. Cuatro de sus 12 miembros los elige el Congreso, otros cuatro el Senado, y los restantes, a partes iguales el Gobierno y el Poder Judicial. Además se renueva por tercios cada tres años.

Junto a tanta rigidez, el tribunal tiene grandes prerrogativas de funcionamiento interno. Por ejemplo, goza de autonomía presupuestaria -el año en curso, su presupuesto supera ligeramente los 1.400 millones de pesetas-, y sus 172 trabajadores: los 12 magistrados, 27 letrados que controlan todas las especialidades del derecho, así como documentalistas, secretarias y funcionarios, cuentan con todos los medios para desarrollar su trabajo. Eso opinan al menos algunos letrados del tribunal.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
Suscríbete

Letrados que se quejan de un recurso al alto organismo muchas veces abusivo por parte de los abogados. No importa lo que haya que retorcer una causa para lograr que encaje- en alguno de los supuestos de amparo que el Constitucional puede abordar. Que son los derechos fundamentales recogidos en la Carta Magna desde sus artículos 14 al 24, además del 30, en el que se aborda el derecho a la objeción, de conciencia. El artículo 24, que trata del derecho a una tutela judicial justa y a la presunción de inocencia, es el más invocado.

Recurrentes temerarios

Pero no siempre basta la habilidad leguleya. "La verdad es que más del 80% de esos recursos son inadmitidos una vez examinada la documentación", explica Montañés. "Además, el tribunal, que es el intérprete y garante de la Constitución; no juzga jamás los hechos, lo que hace es emitir un dictamen que podríamos llamar técnico". Pero un dictamen que va a misa.Por eso la gente sigue recurriendo. Eso sí, cuando el tribunal certifica que ha existido mala voluntad o conducta "temeraria", el litigador puede ser multado. Aunque en 12 años se ha hecho muy pocas veces.

Lo verdaderamente malo de ese recurso masivo -un fenómeno común a otras instancias judiciales- es que el trabajo se amontona peligrosamente en la sede de Domenico Scarlatti. Mientras los conflictos de competencias son menos frecuentes, cada año se plantean más recursos de amparo. "Al final, en pleno -sobre los recursos y las cuestiones de inconstitucionalidad deciden todos los magistrados- se están viendo unos 50 casos al año", dice el secretario general. Pero tampoco se resuelven con más celeridad las peticiones de amparo, que pueden tardar dos años. Algo que no deja de ser irónico en un tribunal vigía de la Constitución, en la que se reconoce el derecho de los españoles a una justicia rápida.

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_